REUNION COMISIÓN DE LA REFORMA DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y COMERCIALES DE LA PROVINCIA

Se realizó el día 11 de septiembre pasado . Se trata de la Comisión  encargada de la redacción de dicho proyecto.

El día 11 del corriente mes, en la sala de acuerdos del Edificio de Tribunales de la ciudad de Villa Mercedes  se reunieron los integrantes de la comisión  de reforma y redacción del Colegio de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia.

Esta reunión es la primera que se da en el marco del acuerdo N° 490/17 que ordena la conformación de una comisión, encargada de la redacción de un proyecto de reforma al Código de Procedimientos Civil y Comercial, en busca de una adecuación legislativa en materia de proceso civil y comercial, que contemple en un solo cuerpo las distintas modificaciones y/o normativas que surgieron como consecuencia de la implementación del sistema de expediente electrónico con la consiguiente despapelización  de la tarea judicial y otras normativas que pudieren colisionar con la Ley 310/1906, con más de cien años de vigencia.

En este marco, se reunieron bajo la presidencia del Dr. Carlos Cobo, Ministro del Superior Tribunal de Justicia; integrantes del Colegio de Abogados de las tres Circunscripciones Judiciales, como así también de los Colegios de Magistrados y de la Universidades Católica de Cuyo, Universidad de San Luis y de otras instituciones del foro provincial.

En esta primera reunión y luego de un intercambio de opiniones entre los letrados en cuanto a la necesidad de la elaboración de este proyecto, cuya finalidad es además, la de procurar optimizar el servicio  de justicia, a través de lograr una mayor celeridad procesal  u la unificación de criterios de interpretación de las distintas normativas sobre la materia entre los objetivos más importantes, se comenzó una metodología  de trabajo, día y  horario de reunión, material de trabajo y consulta, como así también se barajó la posibilidad de consultas  a distinguidos profesionales en la materia que serán invitados oportunamente a dicho fin.

 

                                              Fuente:Ministro del STJ, Dr. Carlos Cobo

                                                                                 Publicación:  G. Campana

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