LA EXPERIENCIA DEL JUZGADO MULTIFUERO EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ORALIDAD

Entrevista con el Dr. José Ramiro Bustos para conocer los resultados obtenidos en la gestión efectiva de la oralidad en los procesos civiles y comerciales.

En el mes de septiembre del año en curso, desde la página oficial de Justicia 2020, perteneciente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, se difundió un informe especial titulado “Oralidad: un sendero hacia una justicia cercana, moderna y transparente”. En ese artículo, se hacía referencia a la gestión efectiva de la oralidad en distintas provincias argentinas. Entre ellas, se mencionó a San Luis, y específicamente al Juzgado de Competencias Múltiples con asiento en Santa Rosa del Conlara, por gestionar sus procesos civiles y comerciales de manera oral, reduciendo notoriamente los plazos procesales.

Para conocer los resultados obtenidos por el citado Juzgado a partir de la puesta en marcha de la oralidad, la Delegación de la Dirección de Prensa del Poder Judicial dialogó con el Juez a cargo, el Dr. José Ramiro Bustos:

¿Cuál ha sido la experiencia de su juzgado desde de la implementación de la oralidad?

La implementación de la oralidad de la prueba en los procesos de conocimiento en el fuero civil y comercial, se dispuso a través del Acuerdo Nº 263/17 del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis. A partir del mes de junio estamos cumpliendo con dicho acuerdo y, desde ese momento hasta ahora, la experiencia ha sido muy satisfactoria ya que el procedimiento de la oralidad nos ha posibilitado reducir los plazos del proceso. Además la inmediación del Juez en las audiencias es de suma importancia, porque permite acceder al material probatorio sin intermediarios, en un tiempo menor, mejorando la calidad de las decisiones. Asimismo, este “protocolo de gestión de la prueba” está en consonancia con la política de calidad de nuestro juzgado, enmarcado bajo las Normas ISO 9001/2008 que hemos certificado. Es por eso, que considero que la oralidad representa un gran paso hacia la aplicación de nuevos mecanismos de gestión que permiten brindar un mejor servicio de justicia.

¿La aplicación del sistema CICERO ha resultado de utilidad en esta etapa del proceso?

Sin dudas que este nuevo software ofrece mayores ventajas para videograbar las audiencias ya que ha sido especialmente diseñado para la administración de justicia. Antes se filmaba y se obtenía el video en bruto. Con CICERO en cambio, se puede identificar a las partes en el video con un clic, saber dónde empieza y termina cada declaración, colocar marcas para hacer observaciones u anotaciones respecto de alguna parte del testimonio que resultó relevante, etc. No obstante aún no hemos podido aplicar todas las funcionalidades del software, dado no se han dictado sentencias desde reciente implementación.

¿Cuál ha sido la devolución de los letrados y de los justiciables luego de las audiencias de vista de causa?

La mayoría de los abogados que han asistido a las audiencias de oralidad se han mostrado conformes, ya que han podido comprobar que los plazos procesales se acotan, se depura la prueba innecesaria y se obtiene una decisión definitiva con mayor celeridad. Además se genera una mayor confianza en el desarrollo del procedimiento, por la presencia del juez en las audiencias. El protocolo de gestión de prueba establece que terminada la audiencia de vista de causa, se realice una encuesta a las partes para conocer su opinión respecto de la aplicación de este procedimiento y realmente tanto los justiciables como los letrados se han mostrado muy conformes con todo lo actuado.

¿Qué aspectos se podrían mejorar?

Se advierte que para el éxito de este nuevo paradigma del proceso se necesita del trabajo mancomunado de todos los operadores judiciales, de los auxiliares de justicia, porque muchas veces llegamos a las audiencias de vista de causa sin los informes periciales para que las partes puedan ampliar y/o impugnar, y eso se traduce en demoras ineludibles del proceso a los fines de no conculcar los derechos de las partes litigantes. Lo ideal sería que con la audiencia de vista de causa se pudieran recoger todas las declaraciones, testimonios y pericias ordenadas, para de esa manera continuar con los alegatos de las partes en la misma audiencia y pasar a resolver con sentencia definitiva. Esto ultimo, siempre y cuando no se hubiera llegado a una solución conciliadora del conflicto.

Redacción: A. González Esquivel

Corrección: G. Campana/S. Lucero

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