CASO MATURANO: SE LEYERON LOS ALEGATOS Y HOY SE CONOCERÁ EL VEREDICTO

La fiscalía de Cámara solicitó la prisión perpetua para Iván Jiménez, mientras que la defensora Claudia Ibáñez pidió que su defendido sea absuelto.

El fiscal de la Cámara, Dr. Fernando Rodríguez, solicitó este martes la pena de prisión perpetua para Iván Jiménez por considerarlo coautor material y penalmente responsable de homicidio agravado (artículo 80, inciso 2 y 7 del Código Penal) perpetrado contra Jorge Maturano, ocurrido en 2016. En tanto, la Defensora de Cámara Claudia Ibáñez pidió la absolución de su defendido. Después de la lectura de los alegatos, el tribunal le cedió la palabra al único imputado en la causa quién se declaró inocente.

Luego de que cada parte hiciera sus descargos, los camaristas Hugo Guillermo Saá Petrino, Fernando Julio De Viana y Gustavo Adolfo Miranda Folch, pasaron a un cuarto intermedio. Se espera que el veredicto se conozca pasadas las 15:30 horas.

Rodríguez fundamentó su pedido de perpetua en los incisos 2 y 7 del artículo Nº 80 del Código Penal porque entendió que el crimen del excombatiente de Malvinas fue con alevosía. “De acuerdo al informe forense del Dr. Jorge Gibóin, la bala ingresó de derecha a izquierda, de atrás hacia adelante y de arriba hacia abajo; el revólver era calibre 32 y el disparo se efectuó a menos de 30 centímetros. Tenía heridas en la cabeza, que podía ser un culatazo, y que la herida en la boca de Maturano se compadecía con un golpe de puño. No tenía lesiones de defensa”, abundó el fiscal de Cámara.

Y agregó: “Estamos ante la figura del artículo 80 inciso 7, como viene acusado desde la Instrucción, que es homicidio criminis cause, pero también, entiendo que estamos en el artículo 80 inciso 2: fue alevoso el homicidio”, señaló el Dr. Rodríguez.

“Fue a menos de 30 centímetros -continuó con su alegato-, con un calibre 32. Lo atontaron, lo domaron por el golpe en la cabeza y con el golpe de puño en la boca. Lo dejaron indefenso, y que es la alevosía sino matar sobre seguro. Matar sin riegos para el quién ejecuta el hecho. Entiendo que se cometió para consumar el hecho de robo y para lograr impunidad para ellos”, sostuvo el fiscal.

Seguidamente la Defensora de Cámara expresó que “se han demostrado en forma cierta los agravios oportunamente invocados sino que se han constatado nuevos agravios que habilitan la declaración de nulidad del allanamiento oportunamente solicitado“. Entre las causales de esta solicitud manifestó que no es sostenible jurídicamente el consentimiento del procedimiento por parte de la defensa anterior “las garantías constitucionales que protegen derechos y que habilitan la declaración de nulidades absolutas son irrenunciables, no pueden ser pronunciadas por las partes ni en forma expresa ni en forma implícita, en consecuencia ninguna defensa pudo haber consentido esta nulidad”.

Asimismo afirmó que el allanamiento fue realizado por personas que no estaban habilitadas expresamente por el Juez de Instrucción y argumentó que “la delegación de las facultades no es una cuestión menor porque la interpretación que se hace sobre la delegación debe ser restringida, ya que es un cercenamiento de las garantías constitucionales, que la Constitución sólo coloca en cabeza de los jueces“. 

Después de la lectura de los alegatos, el tribunal le cedió la palabra a Iván Jiménez. El acusado aseguró que es inocente. “No tengo absolutamente nada que ver, el día que sucedió el hecho estaba con parte de enfermo. Soy inocente”, declaró.

Redacción: E. Jofré

Corrección: C. Hang.

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