“LA VISIÓN EN LA CUAL EL DERECHO SE AGOTABA EN LA NORMA AHORA HA CAMBIADO NOTABLEMENTE”

Fueron las palabras del profesor Dr. Fernando Bermúdez para referirse al tema de su exposición “Actualidad y vigencia de los principios en el ordenamiento jurídico y en la praxis judicial”.portada

Ayer la Escuela de Especialización para la Magistratura y la Función Judicial llevó a cabo la primera de las dos jornadas del curso “Actualidad y vigencia de los principios en el ordenamiento jurídico y en la praxis judicial” a cargo del Dr. Fernando Bermúdez.

El capacitador es Doctor en Derecho, Abogado y Profesor en Ciencias Jurídicas, y mantuvo este jueves un diálogo con la Dirección de Prensa, donde reflexionó sobre el papel del juez en la actual corriente del “activismo judicial” y la importancia de que su decisión sea ajustada a derecho.

El curso que dicta trata sobre los “principios de ordenamiento jurídico” ¿A qué se refiere con el término?

Lo que hemos tratado de plasmar en el curso es tratar de ver cómo están los principios jurídicos en el ordenamiento, nosotros sabemos que hemos tenido varias reformas en la Argentina desde el punto de vista jurídico, la reforma del 94 y la reforma del Código Civil, y esta última ha sido una de las más importantes ya que ha reconocido en forma expresa a los principios jurídicos, y estos no sólo van a ser tenidos en cuenta como un criterio de interpretación o como una cuestión de integración, sino que se consideran para resolver problemas jurídicos, es decir esta visión en la cual el derecho se agotaba en la norma ahora ha cambiado notablemente y vemos que el derecho tiene una dimensión mucho más abarcativa, en la cual no sólo tenemos reglas sino principios y valores. En este sentido los principios van a tener un aspecto muy importante a la hora de la resolución de los problemas jurídicos.

Entonces los principios ¿serían una fuente de derecho?

Exactamente, esa es otra cosa que ha cambiado, porque se ha relativizado el tema de las fuentes; antes eran más precisas o formales y hoy se han dilatado o flexibilizado las fronteras de las fuentes, justamente porque ya no sólo tenemos en cuenta a la costumbre, la norma o la jurisprudencia sino tenemos en cuenta a los principios.

Se habla mucho del activismo judicial ¿cuál es la función del juez en este contexto?

Claramente hay una postura que va a confiar en el juez, es decir, está claro que el Código Civil nuevo toma postura y hace una reivindicación del papel del Magistrado, le da mucho más protagonismo, que justamente es la contracara de los peligros, porque antes yo tenía un juez mucho más sujeto a la norma o a lo que efectivamente la norma decía; ahora tenemos un derecho más complejo y flexible porque el juez tiene muchos más recursos a la hora de resolver, con lo cual la discrecionalidad judicial es mucho más abarcativa y tiende a ser peligrosa, y en el marco del activismo judicial, me pregunto ¿cuál es el límite de la discrecionalidad? ¿hasta qué punto el juez puede decidir un caso apartándose de una norma y aplicando principios? Entonces si bien esto es novedoso y yo creo que es muy valioso el punto de vista jurídico hay una contracara que es de peligro o una cierta preocupación, porque los jueces van a tener mucha más discrecionalidad, aunque esta actitud debe estar acotada, de hecho el mismo código prevé esa situación ya que en su artículo 3 estipula que las decisiones tienen que ser razonablemente fundadas, es decir que un juez no puede decir cómo le parece o como él quiere, sino que tiene que ser una decisión justificada racionalmente, ajustada a derecho, teniendo en cuenta otras herramientas más abarcativas, pero ajustada a derecho.

En la sugestiva mirada actual de las complejas relaciones entre justicia, verdad, proceso y principio ¿Ud. querría destacar alguna perspectiva interpretativa novedosa?

En esa secuencia de palabras que citas, creo que otra novedad es que hay una mayor preocupación por llegar a la verdad del proceso; antes había muchas más disquisiciones entre la verdad formal, la verdad material, es decir de la verdad procesal o material; ahora hay mucha más consciencia de que yo como juez tengo que llegar a la resolución del caso buscando la verdad de lo que pasa. Entonces ahora tienen otro papel los hechos, es decir esa plataforma fáctica que claramente se ha planteado ahora tiene una envergadura más importante que hace que el juez tiene que tener en cuenta primero eso y después ver si la plataforma jurídica se acomoda, o la subsunción se aplica en la norma. De todos modos y en el marco del código, creo que debe existir una mayor preocupación por llegar a la verdad de lo que pasa y de esa manera llegar a una sentencia lo más valorativa posible o una sentencia justa.

Por último ¿qué expectativas tiene para la capacitación?

Muchísimas expectativas, creo que de a poco tenemos que llegar a la comunidad jurídica a partir de la reflexión sobre el papel de los principios y pienso que todavía no terminamos de ver sus alcances y operatividad. Esta herramienta que tengo ahora de manera mucho más explícita, para llegar a soluciones justas, antes el juez estaba más acotado a la norma o tenía una función mucho más aplicativa, ahora tiene una posibilidad creativa y ya no hay reparos para llegar a una sentencia justa.

En el marco de esta visita, hoy el Dr. Bermúdez presentó sus saludos protocolares a las Dras. Lilia Ana Novillo y Martha Raquel Corvalán, para posteriormente brindar el segundo encuentro de la capacitación.    

Redacción: M.C. Hang

Entrevista y corrección: E. Jofré

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