JUICIO ORAL POR ROBO CALIFICADO EN BANDA Y HOMICIDIO CRIMINIS CAUSA

Se trata de dos hechos ocurridos en el Departamento San Martín en marzo de 2014. Los 5 acusados comparecieron esta mañana ante los estrados de la Cámara de Concarán.

20180321_104936

En la jornada de hoy, en la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción Judicial, comenzó el juicio oral para juzgar a los hermanos Walter Alexis, Wilson Yael, Jairo Iván y Edgar Oscar Torres, y a Franco Ezequiel Moreno, todos ellos de la localidad de Tilisarao; acusados por el delito de Robo Calificado en Despoblado y en Banda en dos viviendas ubicadas en el Departamento San Martín.

Los hechos ocurrieron en el mes de marzo del año 2014, con una diferencia de 5 horas entre ellos.

El primero tuvo lugar el día 7 de marzo de 2014, aproximadamente a las 20:30 hs., en un inmueble ubicado en el paraje “La Ramada” de la localidad de Paso Grande, perteneciente a Oscar Rubén Páez, quien vivía con su esposa, Alba del Carmen Escudero y con su hermano Domingo Andino.

En el citado domicilio, y en ausencia de Páez, la dueña de casa fue tomada desde atrás y maniatada con un cinto por uno de los malvivientes, mientras que los otros dos ingresaron a la vivienda, redujeron al cuñado de la mujer, y en medio de insultos y amenazas de muerte a las víctimas, los asaltantes sustrajeron del lugar dinero y otros objetos de valor, como así también tres escopetas, cartuchos y un rifle, escapando a bordo de un automóvil.

El otro hecho, ocurrió en la madrugada del sábado 8 de marzo, alrededor de la 01:30 de la mañana, en un inmueble ubicado a unos 4 kilómetros de la localidad de Las Lagunas, denominado Establecimiento “El Torcido”, propiedad del Sr. Pablo Hipólito Ávila quien vivía junto con su esposa, la Sra. Ramona Velásquez.

Los malvivientes ingresaron a los tiros a la casa del matrimonio, hiriendo levemente a la mujer en una de sus piernas, quién huye de su hogar en busca de ayuda, recorriendo unos 5 kilómetros hasta llegar a la casa de Roque Ávila, hermano de su esposo.

Al regresar a la vivienda, y en presencia de personal policial, los familiares de Ávila son anoticiados de que el hombre había fallecido. La causa fue un disparo y un golpe letal en la cabeza.

Tal como se pudo advertir a lo largo de la investigación, las dos propiedades se encontraban enclavadas en zonas despobladas, alejadas de vecinos, y los delincuentes utilizaron el mismo vehículo para movilizarse hacia ambas viviendas.

El Agente Fiscal, Carlos Alberto Leloutre, dedujo que como resultado del Dermotest, se detectó la presencia de residuos de pólvora en las manos de Jairo Torres, Franco Moreno y Edgar Torres, lo que para el funcionario significa que manejaron y/o utilizaron las armas sustraídas del domicilio de Óscar Páez.

Además, una de las armas presentaba una mancha de sangre en la zona de cantonera, corroborándose luego que fue el elemento utilizado para dar el contundente golpe que terminó con la vida de Ávila.

Éstas y otras evidencias, “no hacen más que reflejar un accionar antijurídico que atenta contra el derecho de propiedad”; aseguró el Agente Fiscal en su acusación contra Walter Alexis, Wilson Yael, y Jairo Iván; mientras que en el caso de Franco Moreno y Edgar Torres, “no sólo recae dicha conducta en idéntica valoración, sino que la misma se agrava ante el despliegue que afecta otro bien jurídico protegido como es la vida de las personas”, manifestó.

Luego de la lectura de la Requisitoria Fiscal, el Defensor Oficial, Dr. José Luis Guiñazú, solicitó juicio abreviado para Walter Alexis Torres, solicitud a la que adhirieron los Dres. Santiago Abraham Calderón Salomón y Federico Martín Putelli, Abogados Defensores de los otros dos hermanos acusados del robo en “La Ramada”.

El Tribunal de la Tercera Circunscripción Judicial, a cargo de los Dres. Sandra Elizabeth Piguillem, Sergio Darío de Battista y Juan Manuel Saá Zarandón, hizo lugar a la petición de la Defensa, y dio lectura al acuerdo arribado entre el Dr. Mario Néstor Zudaire -Fiscal de Cámara- el Dr. José Luis Guiñazú y el Sr. Walter Alexis Torres, bajo conformidad de sus compañeros de causa.

En adhesión a dicho Acuerdo, los Sres. Walter Alexis Torres, Wilson Yael Torres, y Jairo Iván Torres, reconocieron la existencia de los hechos históricos existentes al momento de cometerse el injusto penal por el que fueron acusados; ser autores del delito que se les endilga; el encuadramiento jurídico de su conducta en los términos del Art. 166, Inc. 2 del Código Penal “ROBO CALIFICADO EN DESPOBLADO Y EN BANDA”;  y que prestan conformidad a la imposición de la pena de seis años de prisión.

Acto seguido, el Tribunal dispuso el reintegro de los acusados al Servicio Penitenciario Provincial, y comunicó que oportunamente se dictará sentencia homologatoria del acuerdo celebrado.

Posteriormente, y ante la negativa de declarar por parte de Edgar Oscar Torres y Franco Ezequiel Moreno, se realizó la apertura del juicio a prueba a los fines de dar continuidad al proceso por el robo en el Establecimiento “El Torcido”, y el Homicidio Criminis Causa del Sr. Pablo Hipólito Ávila.

El debate oral se retomará el próximo martes 27 de marzo, a partir de las 09:00 hs.

Redacción: A. González Esquivel

Corrección:M.C. Hang

Compartir

Anterior

SUSPENDEN EL CURSO-TALLER EN LENGUAJE DE SEÑAS

Siguiente

JUEZAS MERCEDINAS PARTICIPARÁN DEL CONSEJO MUNICIPAL DE GÉNEROS