ALEGATOS EN EL MARCO DE UNA CAUSA DE HOMICIDIO

La Cámara Penal Nº 2 recepcionó alegatos de las partes. La lectura del veredicto está prevista para mañana a las 12 hs.

La Cámara Penal Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial lleva adelante el juicio oral en la causa “RODRIGUEZ RODRIGO MAXIMILIANO – AV. HOMICIDIO”. En esta causa se juzgan a dos personas y se han acumulado dos causas más.

Hoy las partes emitieron sus alegatos al tribunal conformado por la Dra. María Silvia del Castillo -presidente-, la Dra. Daniela Estrada y el Dr. Aníbal Atilio Astudillo -vocales-.

Se acusan a los Sres. Rodríguez Rodrigo Maximiliano de 27 años y a Miguel Alejandro Díaz de 37 años. Ambos participaron de un hecho ocurrido en el 2012 en la intersección de calles Santa Fe y General Paz de la ciudad de Villa Mercedes. En ese entonces, los imputados interceptaron a una mujer, le sustrajeron la cartera y abusaron de ella.

En relación a este caso, el Fiscal de Cámara, Dr. Ernesto Lutens,  expresó que existió robo y sometimiento que configuran el abuso sexual de ambos imputados. El primer hecho está acreditado. Con respecto al segundo delito, hizo referencia a la declaración de la víctima y al informe del médico forense. Manifestó que está acreditado el nivel elevado de violencia sufrido por la víctima y que la participación de los dos encartados no admite duda. Para Diaz solicitó la que se le aplique la pena de 3 años y 6 meses de prisión.

Por otro lado, el Defensor de Cámara, Dr. Víctor Endeiza quien ejerce la defensa del Sr. Rodriguez, alegó que existen falta de elementos que determinen la culpabilidad de su defendido. También expresó a que existen contradicciones en el relato de la víctima, y agregó que deben imputarlo por el delito de robo simple ya que el acusado reconoció haber participado solamente en el arrebato de la cartera.

Por último, el representante de la defensa del Sr. Miguel Diaz, Dr. Raul Bernardis, sostiene que su defendido no estuvo ni participó del hecho que se le imputa. Aclaró que hubo una valoración ligera y que la prueba de la rueda de reconocimiento no fue relevante. También expresó que la acusación no tiene consistencia con respecto al sometimiento de la víctima. También hizo referencia al informe psiquiátrico y psicológico de la denunciante ya que estos dejan lugar a que pudo haber incurrido en alguna teatralización o manipulación de los hechos y pruebas. El profesional pidió al tribunal que se tuviera en cuenta la falta de antecedentes penales y las condiciones socioeconómicas y el estado de vulnerabilidad de Diaz, por lo tanto, solicitó la absolución.

En esta oportunidad, el imputado se declaró inocente. 

En cuanto al Sr. Rodríguez Maximiliano se le atribuyen dos causas más. Por un lado, es juzgado por homicidio en grado de tentativa por agredir en el año 2014 a un joven con un arma blanca provocándole múltiples lesiones. Por otro, se lo acusa de homicidio simple. Este hecho fue denunciado en el 2015, cuando un hombre perdió la vida en la vía pública como consecuencia de las puñaladas que le propinó el Sr. Rodríguez, quien se encontraba alcoholizado.

En cuanto a estos hechos, el Fiscal de Cámara. Dr. Ernesto Lutens realizó un breve relato de ambos y consideró que están acreditados. En ambos casos el imputado se encontraba intoxicado por el alcohol. En los dos existió la agresión de arma blanca, considera que existió la posibilidad de prever la comisión de delitos y que no hubo causas que justifiquen el accionar. En cuanto a los atenuantes no existen y con respecto a los agravantes, la existencia de causas anteriores y la voluntad criminal. Solicitó al tribunal que se le aplique la pena de 22 años de prisión.

Por su parte, el representante de la defensa, Dr. Victor Endeiza, consideró que hay elementos que no han sido tenidos en cuenta como, por ejemplo, el contexto en el que se desarrollaron los hechos. En el primer caso, existió una provocación y un clima de disputa que fue incitado por un tercero, y que las lesiones no fueron de gravedad. Y en el segundo caso mencionó las circunstancias que ocasionaron las peleas y el escenario de embriaguez e intoxicación de ambas partes. El defensor pidió al tribunal que se lo impute por lesiones descartando el dolo, es decir, el resultado fue mayor al pretendido y que la condena sea menor respecto a la escala prevista por la ley.

Cabe mencionar que Rodríguez se abstuvo de declarar ante el Tribunal. 

La lectura del veredicto está prevista para mañana a las 12 hs.

Redacción: D. Zambrano

Corrección: R. Zitta

 

 

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