CASO BRISA SANCHEZ: EL TRIBUNAL RECEPCIONÓ LOS ALEGATOS

El Fiscal de Cámara solicitó prisión perpetua, mientras que el defensor pidió la absolución por legítima defensa. El veredicto será emitido el 30 de mayo.

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La Cámara Penal Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial recepcionó alegatos de las partes en la causa “BRISA SANCHEZ NOEMÌ – AV. HOMICIDIO CALIFICADO”, en donde se investigó a la joven por el homicidio de su pareja, Abel Brian Coria.

En primer lugar, el representante del Ministerio Fiscal, Dr. Ernesto Lutens en el inicio de su alegato realizó un breve relato de los hechos y mencionó que la culpabilidad está determinada. Hizo referencia a informes psicológicos, psiquiátricos y médicos, también a algunos testimonios. El fiscal expresó que no está acreditado quién de los dos inició la pelea y que la vida de Brisa no estuvo en peligro en ningún momento. Además, aseveró que si bien se trataba de una relación conflictiva no hay constancias de que la acusada tuviera lesiones ni que buscara otras alternativas judiciales o policiales. Por último, se refirió al caso Nahir Galarza, que fue público y notorio a nivel nacional, con sus similitudes y diferencias respecto del hecho que se debate en este juicio. Como atenuantes tuvo en cuenta la falta de antecedentes y como agravantes la magnitud del daño causado, por dejar sin padre a tres niños. Solicitó al tribunal se aplique la pena de prisión perpetua.

Luego, fue el turno del Dr. Flavio Ávila quien ejerce la defensa de la acusada. El profesional dijo que la hipótesis del caso fue incorporada por la misma Brisa y también por los testimonios de las personas que le dieron auxilio en un primer momento. En primer lugar, mencionó que su defendida, en el transcurso de su relación, se encontraba bajo una situación de control por parte de su pareja. Brisa no tenía teléfono, sus redes sociales eran manejadas por Brian, estaba aislada. Hizo alusión a la violencia física y psicológica que sufría la imputada. La legítima defensa está acreditada expresó, por la amenaza, y agresión inminente y continua de la que Brisa era víctima.

En cuanto al hecho suscitado ese día, el Dr. Ávila afirmó que la discusión inició cuando su defendida recibió la visita de su mamá y hermana, en ese momento, Brian quería evitar que se fuera y es cuando comenzó la pelea. También, se refirió a testimonios que le permitieron realizar una descripción de la personalidad de Brian Coria, manifestó que el era un sujeto dominante, controlador, confrontativo y que ejercía violencia dentro y fuera de la casa.

Por último, el defensor hizo mención a resoluciones judiciales en donde hay actos de legítima defensa. Solicitó a la Excelentísima Cámara la absolución por legítima defensa dispuesta en el art. 34 del Código Penal.

Finalmente, Brisa Sanchez declaró: “Yo no lo quería matar, yo quería un papá para mi hijo. Quería defenderlo a él, a mi hermana” y pidió perdón a la familia de Brian.

El tribunal conformado por los Dres. Daniela Estrada, María Silvia del Castillo de Insua y Aníbal Atilio Astudillo dispuso que la lectura del veredicto sea el próximo 30 de mayo a las 9.30 hs.

El hecho que se investigó ocurrió el 12 de noviembre del 2016, en la calle Bolívar al 558, de la ciudad de Villa Mercedes. Según los relatos incorporados al expediente, los jóvenes convivían desde al menos siete meses en el domicilio y luego de una discusión, Brisa Noemí Sánchez – que entonces tenía 18 años- atacó con un cuchillo a su pareja, causándole heridas que le provocaron la muerte.

Vale aclarar que el art. 34 el C.P exime de responsabilidad penal a aquel que actúe en defensa propia o de sus derechos siempre que se reúnan tres circunstancias: agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.

 

Redacción: D. Zambrano

Corrección: R. Zitta

 

 

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