ENTREVISTA SOBRE MEDIACIÓN A DISTANCIA: UN PUENTE TECNOLÓGICO PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

En  septiembre, se realizaron 2 mediaciones en la Villa de Merlo a través de dicho procedimiento. La Coordinadora del Centro de Mediación, Denise Muñoz, explicó cuáles son las características de esa modalidad.

Durante septiembre, se llevaron a cabo 2 nuevas mediaciones a distancia en el Centro de Mediación Judicial y Extrajudicial de la Villa de Merlo.

En la primera, se estableció contacto con la ciudad de San Luis. Desde ese lugar se requirió la mediación, a fin de acordar un régimen de comunicación y alimentos.

Las mediadoras actuantes fueron Nancy Segura (Merlo) e Ileana Sánchez (San Luis). La mediación fue exitosa, y finalizó con acuerdo.

En el segundo caso, la comunicación se llevó a cabo con Río Cuarto, provincia de Córdoba, también por régimen comunicacional y alimentos.

Intervinieron las mediadoras Adriana Vasallo (Merlo) y Nancy Torres Menéndez (Río IV). Asimismo, como la normativa de mediación que rige en la mencionada ciudad cordobesa, exige patrocinio letrado, y al no contar la requirente con los medios necesarios para solventar los gastos de honorarios de un abogado; fue asistida por el Dr. Tobías González, quien integra el registro de patrocinantes gratuitos del Centro de Mediación de Merlo.

Luego de 3 audiencias, las partes lograron arribar a un acuerdo.

CARACTERÍSTICAS DE LA MEDIACIÓN A DISTANCIA

Desde el año 2012, el Poder Judicial de San Luis implementa esta modalidad, para “conectar” a personas que tienen un conflicto y desean resolverlo a través de la mediación, pero que, por la distancia geográfica u otros impedimentos debidamente acreditados, no pueden asistir en persona a las audiencias.

Para conocer más sobre las características del procedimiento, la Delegación de Prensa dialogó con la Coordinadora de Mediación de Merlo, Denise Muñoz, quien comentó que la premisa de la mediación es lograr que las partes puedan hablar “cara a cara”. Sin embargo, cuando por algún motivo justificado, el encuentro no puede realizarse de manera presencial, se inician las gestiones para hacerlo mediante videoconferencia.

¿Cómo se solicita la mediación a distancia?

En realidad, ingresa como una mediación común. Cuando una de las partes no vive en el lugar, se la cita, y si ésta manifiesta que no puede asistir, se comienza a programar una mediación a distancia.

¿Cómo se realiza esa gestión?

Primero nos comunicamos telefónicamente con la parte requerida para comentarle que se ha solicitado una mediación por determinado tema, y se le explica cómo es el proceso. Si ésta accede, se contacta a la repartición de mediación más cercana a su domicilio, para que pueda acudir a la audiencia y efectuar la comunicación por videollamada.

También puede suceder a la inversa. Que otro Centro de Mediación de cualquier punto del país nos llame a nosotros, y nos solicite que ubiquemos a una de las partes que vive acá para realizar una mediación a distancia con ellos.

Habitualmente, las mediaciones a distancia se llevan a cabo a través del sistema de videollamadas Skype, pero si existe alguna dificultad técnica en el momento, o algún centro de mediación no cuenta con ese software, se realizan videollamadas telefónicas o se utiliza cualquier otro medio disponible.

¿Cómo se realiza el contacto con las dependencias de mediación de otras provincias?

Nosotros formamos parte de una red de centros y organismos de mediación a nivel nacional que brindan el servicio de mediación a distancia, ya que no todas las dependencias del país lo hacen.

Tenemos un listado especial para el sorteo de mediadores que han hecho la especialización en mediación a distancia, que son los únicos habilitados para poder intervenir en este tipo de audiencias.

Los mediadores de cada lugar se ponen en contacto entre sí, coordinan una fecha de audiencia con las partes. Previo a la audiencia se hace una prueba con el sistema de videollamadas para verificar que funcione correctamente y que se va a poder efectuar el contacto sin interferencias.

¿El procedimiento es igual al de la mediación presencial?

El procedimiento es similar al de la audiencia presencial. Si se llega a un acuerdo, cada parte firma una copia del acta en soporte papel en el lugar dónde tuvo la audiencia, la que es suscripta también por los mediadores y por los patrocinantes, si los hubiera. Luego se envía a la dependencia de mediación con la que se estableció el contacto, para que la otra parte pueda firmarla también. Y si la mediación es con otra provincia, la firma va certificada.

¿Con qué otros lugares han efectuado mediaciones a distancia?

Desde que estamos funcionando, hemos realizado mediaciones con Esquel, Bariloche, Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, Capital Federal, Córdoba, con distintas localidades de la provincia de San Luis, entre otras.

Redacción: A. González Esquivel

Fuente: Denise Muñoz

Corrección: V. Besso

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