DESIGNACIÓN DE CONJUECES AD HOC

La Honorable Cámara de Senadores prestó acuerdo para el nombramiento de los magistrados en las tres Circunscripciones Judiciales.

A través del Decreto Nº 5497 del Ministerio de Gobierno, Justicia, Culto y Transporte y mediante el Acuerdo N° 2-HCS-2019 de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis, se dispuso la designación de Conjueces ad-hoc para las tres Circunscripciones Judiciales.

Los cargos cubiertos son: Ministros del Superior Tribunal de Justicia y Camaristas, Fiscales de Cámara, Defensores de Cámara, Jueces de Primera Instancia, Defensores y Fiscales.

Para conocer la nómina haga click  AQUÍ:

 QUÉ ES UN CONJUEZ AD HOC:

Los conjueces son abogados matriculados que suplen a un juez del Poder Judicial (Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Camaristas, o Jueces de Primera Instancia) o a un miembro del Ministerio Público (Fiscales de Cámara, Defensores de Cámara, Defensores o Fiscales)  cuando alguno de los titulares renuncia, toma licencia, se excusa o no puede desempeñar la jurisdicción en determinados casos y no puede ser reemplazado de otra manera.

En cualquiera de estos supuestos, los conjueces son llamados a integrarse transitoriamente a los cuerpos judiciales colegiados, participando, de esta manera, del ejercicio de la función judicial.

                                                                                                                                 

Redacción: V. Besso

Corrección: J.N. Sanchez

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Compartir

Anterior

ESTUPRO ¿QUÉ ES Y CUÁNDO SUCEDE?

Siguiente

LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA ESTACIÓN TRANSFORMADORA DE COMODORO RIVADAVIA