PROCESARON A UN HOMBRE POR MALTRATO ANIMAL

El titular del Juzgado de Instrucción en lo Correccional y Contravencional de la Segunda Circunscripción Judicial lo consideró presuntamente responsable del delito, en virtud de haberse incorporado a la causa elementos que comprobarían los golpes a un perro de raza dogo.

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El Dr. Santiago Ortiz, titular del Juzgado de Instrucción en lo Correccional y Contravencional de la Segunda Circunscripción Judicial, dictó el procesamiento de un hombre de 40 años de edad, oriundo de Villa Mercedes, por encontrarlo presunto autor del delito de maltrato animal.

La causa denominada “VILLEGAS DIEGO VICENTE s/ Av. INFRACCION A LA LEY 14.346 (MALTRATO ANIMAL)” se inició el pasado 28 de octubre, cuando agentes policiales advirtieron a un hombre que bajó de una camioneta a los tirones a un perro y lo golpeó con un palo gomero en distintas partes del cuerpo, lo que produjo gritos de dolor del animal. El hecho ocurrió en la calle Solís al 400.

Uno de los efectivos descendió del móvil policial en el que realizaban la patrulla  y a pesar de que dio la voz de alto al hombre, éste hizo caso omiso para continuar con la golpiza al perro, que  finalmente fue arrastrado hasta el interior de una vivienda donde lo ataron bajo un techo precario de chapa. Este hombre fue identificado como Diego Vicente Villegas.

Al expediente se incorporaron como pruebas testimonios, pericias químicas, actas administrativas y de antecedentes.

Finalmente, el pasado 2 de noviembre, mediante el Auto Interlocutorio N° 761 el Dr. Ortiz dictó el procesamiento de Diego Vicente Villegas como presunto autor del delito de MALTRATO ANIMAL (previsto y penado en los arts. 1º y 3º inc. 7mo de la Ley 14.346, complementaria del C. Penal) y atento la falta de antecedentes, dispuso su libertad.

Asimismo, el magistrado ordenó como medida cautelar provisoria que el can rescatado, el cual se encuentra alojado preventivamente en el refugio municipal de contención animal, una vez recuperado y con el alta médica otorgada por el veterinario municipal, sea puesto a disposición de una familia de esta ciudad en calidad de guardador temporal.  

Cabe destacar que la Ley Nº 14.346 en su artículo 1º reprime con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

El auto de procesamiento dice textualmente:

RESUELVO: 1) Declarar y por los motivos expuestos en el punto VI de los Considerandos, la Nulidad parcial del acta de allanamiento obrante a fs. 12 (AD12875441) del Sumario Preventivo Nº 10280047/19 y todo aquello que sea su consecuencia directa, entendiéndose esta por la Pericia Química S.Q.L Nº 423/19 realizada por el departamento de Policía Científica (Laboratorio Químico Legal) e incorporada en autos por AD12892745.- Notifíquese.- 2) Dictar el PROCESAMIENTO de DIEGO VICENTE VILLEGAS DNI Nº 27.393.673, demás datos obrantes en autos, como presunto autor del delito de MALTRATO ANIMAL (previsto y penado en los arts. 1º y 3º inc. 7mo de la Ley 14.346, complementaria del C. Penal).- Notifíquese.- 3) En consecuencia, atento la falta de antecedentes penales y lo plasmado en el punto VIII de los considerandos, dispongo la inmediata libertad de Diego Vicente Villegas.- Ofíciese a sus efectos.- 4) Disponer como medida cautelar provisoria e inter tramite el presente proceso, que el can rescatado, el cual se encuentra alojado preventivamente en el refugio municipal de contención animal, una vez recuperado y con el alta médica otorgada por el veterinario municipal, sea puesto a disposición de una familia de esta ciudad en calidad de guardador temporal, debiendo el mismo ser elegido por la responsable del área de contención animal, la que podrá contar en la selección con la colaboración de las distintas asociaciones protectoras de animales de la ciudad, correspondiendo dicha elección ser informada a este Tribunal como también y en forma mensual comunicar el estado de salud del can.- Ofíciese.- 5) Prodúzcase la prueba pendiente de realización.- 6) Efectuar las comunicaciones correspondientes. Ofíciese. Protocolícese. Hágase saber y dese copia. Fdo. en Sistema de Gestión Informático IURIX por el Dr. Santiago Andrés Ortiz, Juez.-

Redacción: R. Zitta

Corrección: G. Campana

 

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