CONVENIO COLECTIVO: NUEVA REUNIÓN CON LA MIRADA PUESTA EN EL TELETRABAJO

La presidenta del Superior Tribunal, Lilia Novillo, mantuvo esta semana un encuentro con integrantes del gremio judicial y de las comisiones de trabajo. Durante la jornada se revisó el régimen de licencias y empezaron a dialogar sobre el teletrabajo, apoyándose en el proyecto de ley nacional que ya se encuentra con media sanción en la Cámara de Diputados.

 

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Esta semana se llevó a cabo una nueva reunión que tiene como meta la creación del Convenio Colectivo de Trabajo, un documento que aspira a ser un compendio de toda la normativa que regula la gestión de los recursos humanos del Poder Judicial.

De cada encuentro participan representantes de los diferentes escalafones judiciales, a saber: Superior Tribunal de Justicia (STJ), Colegio de Magistrados y Funcionarios y Sindicato de Judiciales Puntanos (SIJUPU).

La naturaleza del convenio colectivo es construir acuerdos en base a una negociación y el fundamento es recopilar las necesidades y miradas de cada sector del poder judicial. A su vez si posteriormente se modifica el documento resultante, se deberá realizar con la conformidad de todas las partes.

“Tenemos muchos dispositivos y lineamientos en relación al trabajo de las personas adentro del poder judicial, tenemos un régimen de licencias, un régimen disciplinario, acuerdos que regulan el presentismo, el pago de títulos, y sus modificaciones, etc.; todas esas cuestiones que nos competen a nosotros como personal, y que están en diferentes documentos porque ha sido una historia de muchos años, la idea original es poder agrupar todas esas medidas en un solo instrumento, darle la forma de convenio colectivo de trabajo nos permite que tenga mayor validez” expresó Valeria Sosa, Directora de Recursos Humanos.

La idea es hacer partícipe de las decisiones a las personas que trabajan en esos procesos y enriquecer el resultado final. “Me parece bueno el formato de reunión, porque en la charla misma van surgiendo cosas, ahí es como que se enriquece con las diferentes miradas que podemos llegar a tener, con las diferentes experiencias, con los diferentes conocimientos” comentó Sosa.

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En la última reunión se revisó el régimen de licencias y empezaron a dialogar sobre el teletrabajo, teniendo como base el proyecto de ley nacional que ya se encuentra con media sanción en la Cámara de Diputados. La idea es adaptar esa normativa al contexto local y a la realidad institucional del poder judicial.

“Nos vamos a enmarcar en esa ley, pero vamos a ver cómo nos impacta y qué cosas podemos mejorar o adaptar, porque el teletrabajo es una cuestión muy nueva y muy específica, requiere de un análisis muy profundo primero porque es un cambio de paradigma total, no es un cambio común y corriente” expresó Sosa y añadió que se va a considerar para algunos procesos, para algunas personas y/o algunas dependencias.

Si bien el trabajo es extenso porque requiere la revisión de muchos acuerdos y normativas las reuniones continuarán durante la feria y el objetivo es lograr el documento final en los próximos meses; “entendemos la importancia que tiene y la verdad que creemos que nos va a facilitar un montón de procesos también, pero es un camino extenso, porque son muchos temas y estamos trabajando sobre un proyecto original que es del gremio” añadió la Directora de Recursos Humanos.

El proyecto del Convenio Colectivo es una propuesta que surgió del Sindicato de Judiciales Puntanos y se realiza sobre la base de un compendio que ya se encuentra avanzado, y que recopila todos los acuerdos que refieren a la gestión del personal judicial.  El consenso es la base de las reuniones ya que se busca “alinear el mensaje”, es decir, que la normativa recopile las miradas de cada escalafón y que el acuerdo sea la herramienta por excelencia para unificar modos de trabajo que incluyan estos requerimientos.

PROYECTO DE LEY NACIONAL QUE REGULA EL TELETRABAJO

El proyecto de ley de teletrabajo obtuvo la media sanción en la Cámara de Diputados y espera su tratamiento en la Cámara de Senadores.

Entre otras cosas, regula el límite de las jornadas laborales y el equipamiento necesario a ser proporcionado por el empleador.

A su vez determina que entrara en vigor luego de 90 días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y considera el derecho a la desconexión, entre otros puntos.

Fuente: Diputados de la Nación

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