AUTORIZACIÓN DE MANEJO EXPEDIDA POR LA JUSTICIA DE PAZ: ¿EN QUÉ CASOS SE PUEDE SOLICITAR?

Su carácter es provisorio y sirve para conducir un vehículo determinado. El trámite lo realiza el/la titular del rodado sin costo alguno.

17.3 Autorizado a conducir justicia de paz

Para manejar el vehículo de otra persona, es necesario contar con la cédula de autorizado/a a conducir (antes llamada cédula azul).

Pero, si por algún motivo no se tiene dicho documento, se puede tramitar una autorización provisoria ante la justicia de paz.

La gestión es gratuita y debe realizarla la persona titular o apoderada del rodado.

Para ello, tiene que presentarse con su DNI y con la Cédula de Identificación Vehicular (tarjeta verde) en el Juzgado de Paz correspondiente a su distrito.

Allí, el Juez o Jueza de Paz labrará un acta donde el/la titular del rodado dejará constancia que autoriza a determinada persona a conducir su vehículo para que transite en las rutas provinciales y/o nacionales, o para que viaje de un lugar específico a otro, e indicará el tiempo por el que se extiende tal autorización (que pueden ser días o meses, según el caso).

También se consignarán los datos del rodado: dominio, marca, modelo, año de fabricación, número de motor, número de chasis, etc.

Asimismo, los y las adolescentes de 17 años pueden ser autorizados/as a manejar el vehículo de un tercero. En este caso, necesitan el consentimiento de sus progenitores o tutores tanto para obtener el carnet de conducir como para manejar un determinado rodado.

A tal fin, el progenitor o tutor titular del vehículo debe presentarse en el Juzgado de Paz con su DNI, la Cédula de Identificación Vehicular (tarjeta verde), la partida de nacimiento de su hijo/a y dejar constancia de que lo/la autoriza a conducir el rodado.

Es importante reiterar que el trámite queda a cargo del/la titular del vehículo, por lo que no se requiere la presencia ni la firma de la persona autorizada a conducir.

También aclarar que la autorización de manejo expedida por Juez o Jueza de Paz aplica para autos, camionetas, camiones, motos, etc., de uso particular o profesional (si se cuenta con el carnet habilitante), pero que de ningún modo reemplaza a la cédula de autorizado/a a conducir emitida por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor. 

Para mayor información, comunicarse con el Juzgado de Paz correspondiente a su localidad o distrito.

Acceda a los datos de contacto de la justicia de paz de la provincia de San Luis, haciendo clic AQUÍ.

 

Redacción: A. González Esquivel

Corrección: I. Correa/S. Lucero

Colaboración: Isolda Correa, Jueza de Paz Lego de la Villa de Merlo

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