PERICIAS PSICOLÓGICAS EN LOS PROCESOS JUDICIALES

La pericia psicológica es una evaluación ordenada por un juez, fiscal o solicitada por un abogado para responder todas las dudas o preguntas relacionadas con los aspectos psicológicos relevantes para resolver un caso o investigar una denuncia judicial.

En la Segunda Circunscripción Judicial funciona un departamento de psicología compuesto por profesionales en psicología que trabajan e intervienen en causas judiciales de todos los fueros, civil, penal, correccional, contravencional, familia, violencia, laboral y también con diferentes dependencias: cámaras, juzgado de sentencia, defensorías, etc. 

En la pericia, se aborda el estudio psicológico de un sujeto que estaría involucrado en un proceso judicial.

La responsable del departamento Lic. Vanina Perren explicó a este medio acerca de los informes periciales y de las tareas que allí realizan.

¿QUÈ ES UN INFORME PERICIAL PSICOLÓGICO? ¿CÓMO ESTÁ COMPUESTO?

El informe pericial da cuenta de la intervención de un perito desde un área específica de conocimiento, en este caso de la Ciencia Psicológica, a partir de la solicitud del juez en dónde se aborda al estudio psicológico de un sujeto que estaría involucrado en un proceso judicial.

 El informe, está  compuesto por su respectivo encabezado (causa, fuero que se solicita la intervención, perito que interviene) luego se específica las técnicas implementadas y se comienza con los datos de filiación del entrevistado.

El examen psicológico propiamente dicho debe dar cuenta sobre: los antecedentes de la causa de importancia, antecedentes familiares y personales, descripción de cómo se presenta, colaboración o no, etc. Asimismo, debe incluir indicadores emocionales de la personalidad, mecanismos defensivos, estructura de la personalidad, etc; análisis y conclusión psicológica, respondiendo los puntos de pericia solicitados, diagnóstico, tratamiento sugerido y pronóstico.

En caso de ser solicitado, se deben establecer posibles porcentajes de incapacidad por daño psicológico. El informe pericial deberá utilizar un lenguaje claro y preciso para que pueda ser fácilmente comprendido por quien lo solicita.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE REALIZAR PERICIAS PSICOLÓGICAS EN EL ÁMBITO JUDICIAL?

El objetivo es analizar al sujeto intentando explicar el delito en relación con su personalidad; ya que cada persona llega de un modo distinto a las conductas delictivas y por lo tanto sus actos deben ser re- significados en su propia historia personal, familiar y cultural a lo que conduciría al dictamen pericial.

¿CÓMO Y CUÁLES SON LOS PASOS DURANTE LA INTERVENCIÓN DEL PSICÓLOGO/A EN UNA CAUSA JUDICIAL?

La intervención del profesional psicólogo en una causa judicial inicia cuando ingresa un OFR (oficios-solicitudes) al Departamento de Psicología mediante el sistema IURIX por el correspondiente fuero judicial que solicita nuestra intervención; el mismo es aceptado desde mesa de entrada por ésta área y reasignado al profesional que intervendrá en dicha causa.

 El profesional en su bandeja personal tendrá los distintos OFR que se les fueron asignados, por lo que inmediatamente y seguidamente, informará sobre el turno (día y hora) en que se realizará la entrevista psicológica a las personas involucradas en la causa.

Desde el fuero y/o juzgado una vez recepcionado nuestro turno, tenderá a notificar el mismo a las personas y debe devolver éste mismo OFR, para que el profesional pueda finalmente informar y elevar el correspondiente Informe psicológico y/o en su defecto la incomparencia de las personas citadas.

SOBRE EL DEPARTAMENTO DE PSICOLOGÍA

El Cuerpo Profesional Forense fue creado en el año 2012, está integrado por departamentos que incluyen distintas disciplinas (psicología, ciencias médicas, trabajo social y profesionales de otras disciplinas científicas.).

En las tres circunscripciones judiciales funciona un departamento de psicología integrado por profesionales del área y que responden a los diferentes requerimientos de los fueros judiciales. Para ello, cuentan con pautas de intervención pericial (Acuerdo 585/2020).

En el caso de la Segunda Circunscripción el departamento de psicología está ubicado en el ala sur del edificio judicial mercedino y está integrado actualmente por las Licenciadas Vanina Perren, Luciana Aluen, Paola Bruno y Rita Gentile.

Las intervenciones, expresó la Lic. Perren “no comienzan y finalizan con la entrevista y elaboración del informe psicológico del entrevistado, sino que también nuestra función abarca la participación en las insanias, testimoniales, juicios orales, audiencias y explicación y/o ampliación de nuestros informes psicológicos; como también en juntas interdisciplinarias y  re-vinculación entre niño, niña y/o adolescentes y progenitor”.

Redacción: D.Zambrano

Corrección: G. Campana

 

Compartir

Anterior

CON LA PARTICIPACIÓN DE 200 PERSONAS, EL PRESTIGIOSO JURISTA ALBERTO BINDER DISERTÓ SOBRE EL SISTEMA ACUSATORIO PENAL

Siguiente

PRIMERA COHORTE DEL AULA MICAELA PARA INTEGRANTES DEL PODER JUDICIAL