10 AÑOS DE PRISIÓN PARA EL HOMBRE QUE MATÓ A UN VECINO

Por el delito de homicidio simple, así lo resolvió el tribunal luego de escuchar los alegatos de las partes.

Hoy, la Cámara Penal 2 de la Segunda Circunscripción resolvió condenar a Roberto Pereyra Raymundo a 10 años de prisión por el delito de homicidio simple en perjuicio de Luis Albino Funez. El hecho ocurrió en diciembre del 2017, en una vivienda ubicada en la calle Estado de Israel al 300, en la ciudad de Villa Mercedes, donde residía el acusado.

El debate oral inició el pasado 24 de noviembre. Luego de que se declarara cerrada la etapa probatoria, el tribunal hoy recepcionó los alegatos de las partes.

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En primer lugar, el particular damnificado, Dr. Germán Anabitarte, realizó un relato de los hechos sucedidos y una descripción de las heridas y lesiones de la víctima. También se refirió al arma homicida y a las pericias. Afirmó que los hechos se sucedieron en un contexto de agravamiento mortal. Solicitó al tribunal se lo impute por homicidio agravado y se lo condene a 20 años de prisión, de lo contrario 15 años de prisión por el desprecio a la vida humana.

Por otro lado, el Fiscal de Cámara, Dr. Ernesto Lutens, hizo un breve desarrollo del hecho y de la materialidad del mismo. Se refirió a los informes forenses y las heridas que determinaron el fallecimiento de Funez. También, manifestó que la autoría está clara y que la graduación de alcohol en sangre que tenía el imputado no es una circunstancia para considerarlo inimputable. Pidió a la Cámara que la calificación legal sea homicidio simple. Como atenuantes tuvo en cuenta la falta de antecedentes y como agravantes, la diferencia de edad, la vulnerabilidad de la víctima y la ferocidad del ataque, pidió la pena de 14 años de prisión.

Por último, el Dr. Víctor Endeiza a cargo de la defensa del acusado, alegó que no hay evidencias ni está determinado quien atacó a quien en primer término. Asimismo, realizó una descripción de la escena del hecho y asumió que su defendido tenía problemas de alcoholismo. Pidió que se calificara al hecho como homicidio simple y que se descartaran los agravantes. El estado de intoxicación que presentaba el día del hecho y la falta de antecedentes del imputado,  lo tildó de atenuantes. Pidió la mínima escala de pena.

El presidente del tribunal, le cedió la palabra al acusado, quien presenció la audiencia desde el Servicio Penitenciario Provincial, el mismo expresó: “Admito mi error por causas del alcohol. Era mi mejor amigo, disculpas a la familia de él y a Dios”.

El tribunal integrado por los Dres. Aníbal Astudillo, Daniela Estrada y Sebastián Cadelago Filippi, luego de un cuarto intermedio, dio lectura al veredicto que se transcribe a continuación:

Villa Mercedes (San Luis), nueve de diciembre del dos mil veinte.

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede y lo dispuesto por el art. 355 y siguientes del Código de Procedimientos Penal, SE RESUELVE: 1.-) DECLARAR al acusado RAYMUNDO ROBERTO PEREYRA, de datos personales obrantes en autos, autor penalmente responsable del delito de HOMICIDIO SIMPLE (Arts. 79 y 45 del Código Penal), en perjuicio de Luis Albino Funez y condenarlo a sufrir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales y costas procesales; 2.-) Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, practíquese cómputo de pena por Secretaría y remítanse las actuaciones pertinentes al Juzgado de Sentencia para que asuma la correspondiente ejecución de pena. Protocolícese, hágase saber y cúmplase.-FDO. DRES. ANIBAL ATILIO ASTUDILLO –DANIELA ESTRADA – EDUARDO SEBASTIAN CADELAGO FILIPPI

Para mayor información sobre este caso, ingresar al siguiente enlace: JUZGAN A UN HOMBRE ACUSADO DE APUÑALAR A UN VECINO EN VILLA MERCEDES

Redacción: D .Zambrano

Corrección: G. Campana

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