
Fue el veredicto dictado en el caso Ghione.
Hoy, 14 de agosto, el Tribunal de la Cámara Penal Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, integrado por su Presidente, Dr. Guillermo Gatica y los Vocales, Dres. María Silvia del Castillo de Insúa y Aníbal Atilio Astudillo, emitió veredicto en la causa “Gatica Santos Raúl- Ramos Fernando Domingo –Homicidio en Ocasión de Robo”, donde condenó a Santos Raúl Gatica a 18 años de prisión por el delito “Homicidio en ocasión de Robo”y absolvió a Fernando Domingo Ramos por el beneficio de la duda.
A continuación se transcribe la parte resolutoria del veredicto:
Villa Mercedes (San Luis), catorce de Agosto de dos mil catorce.
Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del acuerdo que antecede y lo dispuesto por los arts. 356 y siguientes del Cód. de Procedimientos Criminales, SE RESUELVE: 1) A las nulidades articuladas por la Defensa, no ha lugar. 2) Declarar al acusado SANTOS RAUL GATICA, de datos de figuración ut supra, autor PENALMENTE RESPONSABLE del delito de HOMICIDIO EN OCASIÓN DE ROBO (Arts.165 y 45 del C. Penal) y condenarlo a sufrir la pena de DIECIOCHOS AÑOS DE PRISION, accesorias legales, costas procesales, con Expresa Declaración de reincidencia (Art. 50 del C. Penal). 3) No declarar Responsable Penalmente al acusado DOMINGO FERNANDO RAMOS del delito por el que venía acusado (Ley 22278, modificado por Ley 22803); por el beneficio de la Duda (Art. 1° del C.P.Crim. y 39 de la Constitución Provincial), Consecuentemente se ordena su inmediata libertad en la presente causa.4) Oportunamente remítanse fotocopias certificadas de las presentes actuaciones a la Fiscalía en turno para que produzca investigación de la posible participación de otras personas en el evento objeto de este debate. 5) Ténganse presentes las reservas efectuadas. Protocolícese, hágase saber y oportunamente bajen. FDO. DRES. MARIA SILVIA DEL CASTILLO DE INSUA ANIBAL ATILIO ASTUDILLO GUILLERMO ALFREDO GATICA, ANTE MI DR.HECTOR ALFREDO LAZZARI.
Redacción: G. Campana