30º ANIVERSARIO DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE SAN LUIS

En la I Jornada de Derecho Público Provincial y Municipal, los doctores Manuel Castillo y Cristian Altavilla, docentes de la Universidad Nacional de San Luis, reflexionaron a treinta años de la última reforma constitucional de la Provincia. La señalaron como precursora en la incorporación de derechos sociales.

La reforma constitucional de la provincia de San Luis, de 1987, es una reforma de avanzada. Se adelantó, como otras constituciones provinciales, con la inclusión de derechos sociales y colectivos que después fueron incorporados en la Constitución de la Nación en 1994”, destacó el Dr. Manuel Castillo, docente de la Universidad Nacional de San Luis y disertante en la I Jornada de Derecho Público y Provincial que se realizó el viernes pasado en el Aula de Posgrado de la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de San Luis en la ciudad de Villa Mercedes.

Para el Dr. Cristian Altavilla, la reforma constitucional de San Luis, permitió consolidar a los municipios como comunidades naturales, con vida propia e intereses específicos.  “La Constitución de San Luis de 1987 finalmente aceptó y declaró expresamente la autonomía de los municipios, lo que constituyó un gran avance institucional y un antecedente directo de la reforma de la Constitución Nacional de 1994”, dijo en diálogo con la delegación de Prensa y Comunicación Institucional del Poder Judicial.

“La Constitución de 1987 delineó un estado municipal de bienestar, otorgándole a los Municipios atribuciones en el campo de la educación y  las obras públicas. En este sentido, los municipios ganaron atribuciones que antes no tenían en beneficio de la comunidad”, reflexionó Altavilla.

Por su parte, el Dr. Castillo destacó la incorporación de derechos  sociales, como el patrimonio cultural, el trabajo, la ancianidad, la familia, la juventud y la infancia.

Castillo y Altavilla anticiparon que las jornadas continuarán el próximo año y estarán abiertas a la comunidad. “La  idea es impulsar  a futuro un debate más profundo en el que intervengan los operadores del derecho, los docentes, investigadores, estudiantes y  la sociedad en general, para hablar de cuáles son nuestras instituciones más importantes y cómo funcionan. Es importante que todos se puedan involucrar”, concluyó Altavilla.

Aspectos relevantes de la Reforma Constitucional de 1987

  • Entre los artículos 47 a 52, la Constitución de la Provincia de San Luis incorpora derechos de los ciudadanos en cuanto a medio ambiente y calidad de vida, familia, infancia, juventud, tercera edad y discapacidades.
  • El artículo 48 de la Constitución establece los derechos y garantías del trabajador. “Todo habitante tiene derecho al trabajo y a la libre elección de su ocupación. El trabajo es considerado como actividad básica para satisfacer las necesidades espirituales y materiales de la persona humana, de su familia y en la construcción del bien común”.
  • A partir del artículo 247, se reconoce el Régimen Municipal. El artículo 248 reconoce la  autonomía política, administrativa y financiera a todos los municipios. Establece que aquellos que dicten su carta orgánica municipal, gozan además de autonomía institucional.

Redacción: R. Zitta

Corrección: G. Campana

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