SISTEMA DE RESERVAS DE TURNOS PARA LAS SALAS DE ORALIDAD

Se implementó a partir del 14 de agosto para el uso de salas de las tres circunscripciones judiciales.

A través del Acuerdo Nº 356 el Superior Tribunal de Justicia dispuso que para las reservas del uso de las salas de oralidad  que se realicen a partir del 14 de agosto del corriente, los juzgados, tribunales y organismos de mediación judicial deberán hacerlo mediante el sistema desarrollado por Secretaria de Informática. Dicha reserva es de uso interno. 

Cabe mencionar que para la utilización de las salas se tiene en cuenta lo establecido en los protocolos de prestación del servicio de justicia durante la pandemia por virus Covid-19  y el de medidas de prevención e higiene en relación al distanciamiento físico.

A los fines de facilitar la realización de los actos procesales juzgados y organismos de mediación pueden requerir la utilización de salones de uso múltiple, salas de juicios orales y salas de oralidad.

Redacción: D. Zambrano

Corrección: G. Campana

 

 

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