
La resolución se dará a conocer el próximo lunes 31 de octubre.
Hoy, al comenzar la audiencia prevista en el juicio oral donde se juzga a Ariel Omar Rosendo, el Dr. Maximiliano Bazla – fiscal de Juicio Nº 1 en la Segunda Circunscripción Judicial-, solicitó al tribunal una prórroga para la prisión preventiva que cumple el imputado, debido a que el próximo lunes 31 de octubre se vence.
En primer lugar, el Dr. Bazla Cassina dijo al tribunal: “teniendo en cuenta que el 31 de octubre se vence el plazo de prisión preventiva que fuera dictado al señor Ariel Rosendo en la presente causa, es que vengo por la presente a solicitar la prórroga de la prisión preventiva que viene sufriendo”.
“Es cierto que privar de la libertad ambulatoria a una persona es una medida excepcional, pero hay un bien fundamental que debe ser garantizado y es justamente terminar el presente debate. Por esa razón les solicito poder terminar el debate otorgándonos la prórroga de la prisión preventiva”, dijo el fiscal de juicio al tribunal.
En tanto que, el Dr. Guillermo Gatica se adhirió a la prórroga solicitada por el fiscal de juicio y dijo: “entiendo que de ninguna manera puede ser abortada la seguridad de llegar a la decisión final”. Afirmó que hay legitimidad constitucional para prorrogar la prisión preventiva del imputado.
Remarcó que existe peligro de fuga y de entorpecimiento del proceso: “en nuestro sistema la presencia del imputado en el debate es imprescindible”. “Los testigos que faltan declarar podrían estar de alguna manera sometidos a posibilidad de amenaza. Hay elementos objetivos dentro del legajo que permitirían que el tribunal siga prorrogando la detención hasta la finalización del proceso”, agregó.
Mencionó la gravedad del hecho juzgado, la severidad de la pena que podría recibir el imputado y destacó que, atento lo previsto en el Art. 16 de la Constitución Nacional, debe regir el principio de igualdad.
A continuación, la Dra. Leticia Latini, también adhirió a lo manifestado por el fiscal de juicio y citó el fallo “Góngora” dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el que “establece que no son admisibles ningún medio alternativo para que se le otorgue la libertad ambulatoria a una persona imputada en un hecho delictivo en un contexto de violencia de género”. “Esta parte solicita que se tenga en cuenta eso”, dijo.
Por último, el Dr. Marcos Juárez, en representación del imputado, analizó cada uno de los planteos realizados por el fiscal de juicio y las querellas. “En primer lugar existen garantías constitucionales, como el principio de inocencia, pero también existen garantías constitucionales que hacen al derecho del imputado a permanecer en libertad durante el proceso (Art 14 y 18 de la Constitución Nacional”, dijo.
Citó el título 1 del Código de Procedimiento Penal de San Luis: Garantías Constitucionales y principios generales. Mencionó también el artículo 8 de la misma norma que dice que “Siempre se aplicará la ley procesal penal más benigna para el imputado”.
Aseguró al tribunal: “no hay ningún elemento que permita avizorar objetivamente que Rosendo se pueda fugar” y consideró que “se pretende prorrogar una prisión preventiva que va más allá de lo que marca la ley. Vencidos los dos años, no se puede solicitar ninguna prórroga”.
“Entiendo que por las razones brindadas y por aplicación irrestricta del artículo 210 del Código de Procedimiento Penal no se puede prorrogar la prisión preventiva más allá de lo que establece la misma ley”, concluyó Juárez.
El tribunal informó que la resolución, frente a los planteos formulados por las partes, se dará a conocer el próximo lunes de manera virtual.
Etapa de prueba
Luego de un cuarto intermedio, el tribunal dio a conocer a las partes lo resuelto frente a los planteos formulados durante la etapa probatoria, cuando se desarrollaba la declaración de un testigo, momento en que se planteo una objeción de la defensa con respecto a una pregunta realizada por la particular damnificada, Dra. Latini, intentando demostrar un contexto de violencia.
El presidente del tribunal, Dr. Aníbal Astudillo, recordó que en esta causa se juzga un robo doblemente calificado por efracción o fractura y por ser en poblado y en banda, desobediencia a una orden judicial y violación de las medidas anti epidémicas en concurso ideal.
En primer lugar, se rechazó una reposición formulada por el fiscal de juicio. Asimismo, hicieron lugar a la objeción planteada por el Dr. Marcos Juárez en cuanto a la formulación de preguntas efectuada por la Dra. Latini y rechazaron la incorporación como nueva prueba del expediente que tramitó ante el juzgado de familia, también solicitado por la defensa.
El tribunal sugirió a las partes limitar las preguntas al objeto del presente juicio.
La etapa probatoria continuará el día martes próximo con los seis testigos que faltan ser escuchados para concluir y continuar así, con los alegatos.
¿Cómo continúa la causa?
El debate continuará el próximo lunes a las 11 horas con la lectura de la resolución respecto al pedido de prórroga de la prisión preventiva, en esta oportunidad, se hará de manera virtual.
Para el martes a las 11:30 horas está previsto continuar con la etapa probatoria, con la declaración de testigos.
Para obtener más información sobre esta causa ingrese al siguiente enlace: https://www.periodicojudicial.gov.ar/causa-rosendo-inicio-el-juicio-oral-y-publico/
Prensa Judicial Villa Mercedes