CONCARÁN: 14 AÑOS DE CÁRCEL PARA EL ACUSADO POR EL HOMICIDIO DE ALEXIS CORRO

Este miércoles, el Tribunal de la Sala Penal de la Tercera Circunscripción Judicial, condenó a Ángel Matías Tobares Páez a la pena de 14 años de prisión por el homicidio de Martín Alexis Corro.

El hecho ocurrió en la madrugada del sábado 12 de junio de 2021, en un complejo de departamentos del Barrio Paulino Sosa de Concarán.

El viernes 11 por la noche, Corro y su novia se reunieron en la casa de su cuñada y la pareja de ésta.

Tobares también vivía en ese complejo, junto con su pareja y su hijo.

Según la declaración de los testigos, el conflicto se originó alrededor de las 5 de la madrugada del sábado, cuando la pareja de Tobares les mandó un mensaje pidiendo que bajaran el volumen de la música.

Momentos después, Tobares se presentó en la vivienda y comenzó a agredirlos. De acuerdo al relato de los testigos, el ataque fue contra todos. Primero con golpes y, luego, con un cuchillo, amenazándolos de muerte. Allí empezó un forcejeo con Alexis Corro, quien terminó tendido en el suelo con dos heridas en la región izquierda del torso: una sobre la línea axilar y otra en la zona del omóplato, en donde el cuchillo quedó incrustado.

El hombre de 35 años fue trasladado al hospital, pero llegó sin signos vitales.

La autopsia reveló que la causa de muerte fue un Shock Hipovolémico, secundario a ruptura de órganos internos tales como: Hígado, Pulmón y Estómago.

Tobares fue detenido y posteriormente procesado con prisión preventiva por el delito de homicidio simple.

JUICIO ORAL

En el plenario desarrollado este 14 de junio, prestaron declaración 12 testigos y se oralizaron otros 12 testimonios.

Al momento de los alegatos, el Dr. Iván Coria, representante de la familia de la víctima, aseguró que Tobares actuó con dolo y con plena conciencia de sus actos, teniendo el dominio en todo momento por el hecho de portar un arma, dejando indefensas a sus víctimas.

Dijo que el ataque que terminó con la vida de Alexis Corro fue salvaje y sin ningún motivo, solicitando al tribunal aplicar el máximo de la escala penal prevista para el delito atribuido, “para que la familia se lleve algo de paz, algo de consuelo”, concluyó.

En esa línea, el Fiscal de Juicio, Dr. Mario Néstor Zudaire, sostuvo que sin dudas se trató de un hecho doloso; puesto que el acusado se prefiguró el plan de matar. Es decir, hubo voluntad de obtener ese resultado, utilizando un medio apropiado para producir el daño querido. “De ninguna manera actuó bajo el estado de emoción violenta. En ningún momento se abstrajo de la realidad, era consciente de sus actos”, aseveró.

Por lo expuesto, requirió al tribunal que, al momento de dictar sentencia, Tobares fuera condenado a la pena de 14 años de cárcel como autor material del delito de homicidio simple.

Sin embargo, la defensa técnica del acusado, ejercida por el Dr. Orlando Villegas, brindó otra versión de los hechos. Relató que, en la madrugada del 12 de junio de 2021, tras el mensaje de la pareja de Tobares para que bajaran el volumen de la música, el concuñado de Alexis Corro se presentó en el domicilio de su defendido, lo increpó, e intentó atacarlo con un cuchillo. Que luego de forcejar, Tobares logró quitárselo, y que sólo trató de defenderse de los golpes que recibía de las cuatro personas que estaban reunidas esa noche en la vivienda de la cuñada de Corro.

Es así que solicitó la absolución de su defendido por considerar que obró en legítima defensa, tanto propia como de su familia.

Finalizado el debate, el tribunal presidido por Sandra Elizabeth Piguillem, e integrado por María Claudia Uccello y Daniel Sanchiño, resolvió:

Declarar a Ángel Matías Tobares Páez culpable como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio simple en perjuicio de Martín Alexis Corro, condenándolo a sufrir la pena de 14 años de prisión, accesorias de ley y costas procesales.

Atenuantes: la ausencia de antecedentes penales.

Agravantes: el desprecio hacia la vida de la víctima frente a la insignificancia del motivo alegado como disparador del hecho.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

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