
El viernes 30 de junio se llevará a cabo la Segunda Jornada de Promoción y Protección del Desarrollo Neuro-Socio-Afectivo y Cognitivo de la Infancia “Maltrato en el marco de la Ley Lucio”, en el Anfiteatro 1 del Bloque I de la Universidad Nacional de San Luis (UNSL). Esta actividad estará dividida en cuatro paneles a cargo de profesionales en la materia.
La UNSL convocó a la Jueza Penal Juvenil y Contravencional de la Primera Circunscripción Judicial, Dra. Daniela Benenatti para exponer en el panel “Ley Lucio, un antes y un después”, junto a la Lic. Claudia Aberastain, Jefa del Subprograma Convivencia Escolar del Ministerio de Educación de la provincia.
La funcionaria judicial profundizará sobre los alcances de la Ley Lucio Nº 27.709, la cual establece una capacitación obligatoria para los funcionarios públicos sobre la violencia contra niños y adolescentes, como así también dispone la formación para médicos, docentes y funcionarios del Estado que entren en contacto con niños y adolescentes, a fin de detectar en forma temprana si los mismos son víctimas de abusos o agresiones.
La capacitación culminará con un cierre interactivo, entre el público y los disertantes, el que contará con la participación del abuelo de Lucio Dupuy, Sr. Ramón Dupuy.
SOBRE LA LEY LUCIO
La Ley Lucio “de prevención y detección temprana de la violencia contra los niños, niñas y adolescentes (NNyA)” impulsada tras el caso de Lucio Dupuy, un niño de cinco años que fue asesinado a golpes por la madre y su pareja, en noviembre de 2021, en la provincia de La Pampa.
Entre sus medidas establece:
– capacitaciones obligatorias para todas las personas que se desempeñen en la función pública; la creación de un protocolo de actuación que establezca las formas de actuar de las fuerzas de seguridad, instituciones educativas y de salud y demás organismos administrativos de niñez y autoridad judicial con competencia en familia;
– el deber de comunicar una situación de vulnerabilidad;
– crear campañas semestrales de concientización sobre violencia y vulneración de derechos de NNyA;
– la reserva de identidad de la persona denunciante;
– ordena la obligatoriedad de la implementación de la Línea 102 en cada una de las jurisdicciones del territorio argentino, cuyo objeto es proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes.