
Este miércoles 8 de enero de 2025, el Juez de Garantía subrogante en feria, Dr. Nicolás Damián Coppola, llevó adelante -de manera virtual- una audiencia de formulación de cargos contra H. A. M., a quien imputó por los delitos de lesiones leves y daños en concurso real, en carácter de autor material, disponiendo su prisión preventiva por 90 días en el Servicio Penitenciario Provincial. Como Secretario participó el Dr. Valentín Fornasari,
El Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. Silvina Ayelén Arguello y el Dr. César Hugo Salazar Molina, presentó las pruebas obtenidas tras un allanamiento positivo realizado por la Policía de Villa de Merlo en el domicilio del imputado, lo que derivó en su detención. Entre las pruebas colectadas, se solicitó el cotejo de ADN en prendas de vestir y calzado secuestrado, reconocimiento de elementos y el rastreo del teléfono celular incautado. La Fiscalía pidió un plazo de 120 días para completar la investigación penal preparatoria.
Por su parte, la Defensa del acusado, a cargo de la Dra. Agustina Rocío Tobares y la Dra. María Luz Vilchez, cuestionó la legalidad de la detención y los allanamientos, alegando la ausencia de testigos imparciales y la falta de una orden judicial válida.
Respecto a las medidas de coerción, la Fiscalía solicitó prisión preventiva por 120 días en el Servicio Penitenciario Provincial. La Defensa se opuso, proponiendo medidas alternativas como prisión domiciliaria o firma periódica en comisaría, o en su defecto, una prisión preventiva reducida a 30 días.
Tras evaluar los argumentos planteados, el juez rechazó la nulidad formulada por la Defensa y formalizó los cargos contra el imputado, calificando legalmente los hechos como lesiones leves (Art. 89 del Código Penal) y daños (Art. 183 del Código Penal), ambos en concurso real (Art. 55 del Código Penal) y en carácter de autor material (Art. 45 del Código Penal). Asimismo, otorgó el plazo solicitado por la Fiscalía para continuar con la investigación, y dispuso la medida de prisión preventiva al imputado, hasta el 8 de abril de 2025.
Finalmente, la Defensa solicitó la revisión de dicha medida, recurso que fue concedido para su elevación.
EL HECHO
En su teoría del caso, la Fiscalía interviniente relató que el 2 de enero de 2025, aproximadamente la hora 22:50hs, el imputado H. A. M., ingresó a un inmueble sito en la localidad de Villa de Merlo. Este ingreso lo efectivizó de manera violenta, pateando la puerta de ingreso del referido inmueble. Una vez adentro, el imputado se dirigió hacia el damnificado (propietario de la vivienda), a quien le propinó golpes de puño en la cara y patadas en el resto del cuerpo, causándole lesiones leves con tiempo de curación estimado en 21 días aproximadamente, según informe médico pertinente. Posteriormente, H. A. M. se retiró del lugar del hecho a bordo de su bicicleta.