CONCARÁN: HOMOLOGAN UN JUICIO ABREVIADO POR INCUMPLIR UNA PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO

La sala penal de la Tercera Circunscripción Judicial, presidida por la Jueza María Claudia Uccello, homologó un acuerdo de juicio abreviado en una causa por incumplimiento a una orden judicial.

La magistrada declaró culpable a un trabajador rural de 30 años, que el 3 de noviembre del 2024, se presentó en la casa de su expareja violando así una orden de restricción que le prohibía el acercamiento por 180 días. La mujer de 27 años declaró en la policía, que el hombre la extorsionaba con la publicación de videos y fotos de índole sexual para continuar con la relación sentimental. El hombre fue detenido a 55 mts. de la vivienda de la joven, luego de que sus familiares llamaran a la policía. En esa oportunidad la Fiscal de Género, Débora Antonella Roy Gitto, confirmó la detención por flagrancia.

Se considera flagrancia “cuando el autor del hecho es sorprendido en el momento de su comisión o inmediatamente después de cometerlo, o mientras es perseguido por la fuerza pública, el ofendido o el público o mientras presente rastros que hagan presumir que acaba de participar de un delito”.

En la audiencia de este miércoles, el imputado admitió ser responsable del hecho delictivo y aceptó el cumplimiento de las siguientes pautas de conducta por dos años: fijar residencia e informar al tribunal de su modificación y abstenerse de consumir bebidas alcohólicas.

Uccello, explicó que, el carácter “suspensivo” de la pena, es decir, la que habilita a los imputados a cumplirla fuera del servicio penitenciario, se encuentra sujeta al cumplimiento de las reglas de conducta y a la no comisión de nuevos delitos.

Como Defensor del imputado actuó Orlando Villegas.

El juicio abreviado es una de las formas alternativas de culminar un proceso penal mediante el cual el acusado de un delito reconoce la existencia del hecho, su participación como autor, cómplice o instigador y acepta la calificación legal que le otorga a ese hecho el fiscal.

 

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