LEY PROVINCIAL SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO: CELEBRAN CONVENIOS PARA SU IMPLEMENTACIÓN

Hoy, el Superior Tribunal de Justicia, el Ministerio de Gobierno de San Luis y la Super Intendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) celebraron un convenio marco que permitirá la aplicación de la Ley Nº 1159, a través de la cual, la provincia de San Luis adhirió a las disposiciones contenidas en el Título I de la Ley Nacional N° 27.348, que complementa la Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24.557.

De esta forma, las instituciones firmantes buscan consensuar la ejecución de acciones de colaboración y coordinación, a fin de optimizar las gestiones del Sistema de Riesgos del Trabajo, tanto en el ámbito administrativo como en el judicial.

El objetivo fundamental es proteger los derechos de las personas trabajadoras y brindar un servicio de justicia más ágil, evitando la dilación en la tramitación de las causas, brindando recursos y herramientas que colaboren para que los procesos culminen en un plazo razonable y, de ese modo, alcanzar una correcta administración de justicia.

La rúbrica del convenio tuvo lugar en la Sala de Acuerdos del Palacio de Justicia, donde firmaron el documento el Presidente del Alto Cuerpo Judicial, Dr. Jorge Levingston, el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Cdor. Gonzálo Amondaraín, y el Gerente General de SRT, Fernando Pérez. Presenciaron el acto, el Ministro del STJ, Dr. José Guillermo L’Huillier, la Directora de Relaciones Laborales de la cartera gubernamental, Dra. Ivana Balmaceda y el Gerente de Relaciones Institucionales de SRT, Leandro Tricca.

De acuerdo a lo establecido por el artículo 36 de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, la SRT, además de la misión específica de supervisar y fiscalizar el accionar de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y de los Empleadores Autoasegurados, tiene la función general de velar por el correcto funcionamiento de todos los aspectos vinculados con el Sistema de Riesgos del Trabajo.

Oportunamente, a través de la sanción de la Ley Complementaria N° 27.348, se invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a los preceptos allí dispuestos, reconociendo a las Comisiones Médicas como la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención; e instándolos a su vez a la adecuación, por parte de los Estados provinciales adherentes, de la normativa local que resultara necesaria. En ese marco, la provincia de San Luis sancionó la Ley N°V-1159-2024, a través de la cual adhirió a las disposiciones contenidas en el Título I de la Ley Nacional Nº 27.348 (complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557).    

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