CASO ANAHÍ ROBLEDO YUVERO: LA JUSTICIA CONDENÓ A PRISIÓN PERPETUA A AMADO RAIMUNDO DÍAZ

La Justicia condenó esta tarde a Amado Raimundo Díaz a la pena de prisión perpetua,  tras declararlo responsable del delito de homicidio triplemente calificado – por alevosía, ensañamiento y venganza transversal-, en relación al hecho ocurrido el 23 de mayo del 2024 en Villa Mercedes y que tuvo como víctima fatal  a Anahí Robledo Yuvero.

El veredicto se dio a conocer después de las 18 horas en la Sala de Juicios Orales Nº 1 de Villa Mercedes, ante la presencia de familiares de la víctima y del acusado y medios de prensa.

Asimismo, el Tribunal dio a conocer la resolución frente a un planteo de nulidad formulado por la Defensa en la mañana de hoy, cuando comenzó la última jornada del debate. En ese sentido, los jueces rechazaron la pretensión e informaron que los fundamentos del fallo se darán a conocer en el Término de Ley, de acuerdo a lo previsto en el Art. 195 del Código de Procedimiento Penal de San Luis.

Diaz deberá cumplir la pena de prisión perpetua en el Servicio Penitenciario Provincial, a donde se dispuso el inmediato traslado.

Declaración del acusado y etapa de alegatos

Durante la última audiencia del debate oral donde se juzgó a Amado Raimundo Díaz, el acusado declaró. Pero, previamente, la Defensa planteó una nulidad en relación a la extracción, guarda y traslado de la tarjeta de memoria que estaba en una cámara de seguridad y que el día del hecho registró movimientos del acusado.

Luego de que las partes debatieran sobre este planteo, el Tribunal  informó que comunicaría lo resuelto en relación a la nulidad al momento de dictar la sentencia.

Cedida la palabra al acusado, la Defensa aclaró que Díaz sólo respondería sus preguntas, es decir, que no contestaría cuestionamientos por parte del Ministerio Público Fiscal ni la Querella.

La declaración del acusado se dio a partir de las preguntas que fue formulando el abogado defensor: ¿Quién sos, dónde naciste, cómo es tu familia?

El acusado  comentó que trabajó en una empresa de productos químicos durante treinta y cinco años, que tiene familia en Buenos Aires, dos hijas fruto de una relación de anterior – que estaban presentes en la sala de juicios – y otra hija, en Villa Mercedes con una ex pareja, quienes también asistieron a esta jornada del debate oral.

Refirió no tener problemas previos con la justicia y ante la consulta de su abogado, comentó que las relaciones anteriores que tuvo terminaron en buenos términos.

A continuación se refirió expresamente a la relación que mantuvo con la mamá de la víctima, detalló que duró aproximadamente un año y que finalizó porque “no encajaban”. Definió que eran como “el agua y el aceite”, que no tenían las mismas costumbres, ni pensamientos.

También se refirió a cómo era su relación con Anahí y con  los hermanos de la víctima. En relación al vínculo que tenía con la joven, dijo que era perfecto, muy bueno. Detalló que conocía sus gustos y que le hacía regalos.

Por último, el abogado defensor le pidió que dijera todo lo que recordaba sobre el 23 de mayo del 2024. En primer lugar, dijo que a aproximadamente a las 5:34 salió en el auto para ver si era verdad el mensaje que le había enviado la mamá de Anahí, avisándole que pasaría la noche en la casa de sus padres.

Reconoció que fue hasta el trabajo de la mamá de la víctima, pero que luego volvió a su departamento- ubicado aproximadamente a 50 metros de la casa de la familia Yuvero-. Dejó el auto afuera, aunque luego decidió guardar el vehículo. Refirió que posteriormente fue al cajero automático a retirar dinero.

Entre otras actividades realizadas esa mañana, aseguró que mandó ropa a lavar porque ese día estaba muy feo y no tenía lavarropas; que fue a cargar combustibles y también a entregar unas botas que su ex pareja le había dado para donar, aunque no encontró a la persona a la que quería dárselas. En ese trayecto se habría dirigido hacia la Autopista.

Finalmente se refirió al momento en el que la mamá de Anahí le pidió ayuda, cuando encontró a su hija en la vivienda del barrio Jardín del Sur.   Explicó que ingresó al domicilio, que no sabía lo que estaba pasando  y que minutos más tarde, fue él quien solicitó auxilio a personal policial en la Comisaría.

También comentó sobre las horas posteriores, acerca de la  intervención de personal policial en su domicilio. Aseguró que le hacían “marca personal”, que le hacían preguntas, que revisaban el departamento.

Su declaración se extendió a lo largo de más de 50 minutos. Díaz finalizó asegurando que lo acusan de algo que sería incapaz de hacer. “No sé por qué motivo se enfocaron en mi, nunca hice daño a nadie, siempre he sido una persona solidaria (…) No entiendo por qué en cuatro horas resolvieron un caso tan difícil de resolver”, concluyó.

Alegatos de clausura

En primer lugar, Fiscalía ratificó lo expuesto en el inicio del juicio sobre su teoría del caso. El Dr. Leandro Estrada, quien intervino como Fiscal de Instrucción en el inicio de la causa, explicó que se referiría a los aspectos fácticos y probatorios de la causa.

El representante del Ministerio Público Fiscal ratificó la teoría planteada en el inicio del debate oral. El hecho se habría producido entre las 6:44 y 6:54 de la mañana del 23 de mayo del 2024, cuando Díaz ingresó al domicilio de la víctima, con una llave – o una copia – que guardaba de su relación con la mamá de Anahí. Ingresó por el frente de la vivienda, y utilizando un arma blanca o un elemento punzo cortante, le provocó 25 heridas a la joven, dos de las cuales resultaron mortales.

Después, asistido por un efectivo de la División Homicidios, y utilizando un maniquí y un sillón para recrear la escena del crimen, el Fiscal se refirió a la ubicación de las heridas, a las manchas halladas en la vivienda y en la campera del acusado.

Se refirió también al análisis fílmico de la cámara de seguridad existente en el ingreso del domicilio del acusado, destacó el momento en el que, a través de esas imágenes,  se ve cómo Díaz cambia su vestimenta – un pantalón de jogging por un jean –  y se refirió  al pantalón que usó el acusado durante los primeros momentos del día, y que nunca fue encontrado, al igual que el arma homicida.

También destacó un momento en el que se ve al acusado con una bolsa e indicó que allí Díaz podría haber llevado los elementos que nunca aparecieron: el pantalón y el arma.

Destacó que según lo declarado por el acusado y en contradicción con lo registrado por la cámara de seguridad, al momento de auxiliar a la mamá de la víctima, Díaz no usaba la campera azul que posteriormente fue secuestrada en su domicilio y en la que se encontraron rastros de sangre, compatibles con el ADN de la víctima. En este sentido, descartó la posibilidad de transferencia de rastros.

Seguidamente, el Fiscal de Juicio solicitó se condene a Amado Raimundo Díaz a prisión perpetua por considerarlo autor del delito de homicidio triplemente calificado – por alevosía, ensañamiento y venganza transversal-, en relación al hecho ocurrido el 23 de mayo del 2024 en Villa Mercedes.

La Querella, en representación de la familia de Anahí

La Querella destacó que un cúmulo abrumador de evidencias atan al acusado con la comisión del brutal asesinato de Anahí Micaela Robledo Yuvero.

Expresó su alegato, a lo largo de  ejes temáticos: el contexto de una relación marcada por celos y acoso – entre el acusado y la mamá de la víctima-;  la cronología objetiva: el registro implacable de la cámara de seguridad; la dinámica del hecho en cuanto a la evidencia científica; el vínculo material irrefutable: la sangre de Anahí en la campera del acusado; la conducta posterior desplegada por Díaz.

Finalmente, la Querella se refirió a la convergencia probatoria, en relación a todos los ejes temáticos desarrollados: los testimonios que evidenciaron situaciones de violencia entre el acusado y la mamá de Anahí; los registros fílmicos; el resultado de la autopsia; el ADN encontrado en la campera del acusado y la conducta desplegada posteriormente.

También se refirió al hecho de que Díaz es zurdo y fue revelado en el debate que el crimen, según diferentes análisis realizados, se cometió  por alguien hábil con la mano izquierda. También se lo vio al acusado, en diferentes secuencias fílmicas registradas en la Comisaría, manipular alimentos o firmar con la mano izquierda.

No es una prueba, son todas las pruebas que apuntan en la misma dirección a la culpabilidad de Díaz (…) es tiempo de que la Justicia hable para Anahí”, dijo la Dra. Laura Rodríguez. Concluyó solicitando se declare a Díaz autor penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado – por alevosía, ensañamiento y venganza transversal- y se lo condene a la pena de reclusión perpetua.

La Defensa solicitó la absolución de Díaz

Por último, la Defensa del acusado pidió la absolución de Amado Raimundo Díaz por el beneficio de la duda. Aseguró que la acusación del Ministerio Público carece de requisitos formales y que en ocho rastrillajes realizados por efectivos policiales, no se lograron encontrar elementos buscados: la copia de la llave de ingreso a la casa de Anahí, el arma homicida y el jogging gris que utilizaba Díaz la mañana del 23 de mayo del 2024.

El abogado defensor aseguró que, una vez que terminó la relación con la mamá de la víctima, Diaz devolvió la llave de la casa.

Se refirió a tres hipótesis posibles, en las cuales aseguró que se podrían haber transferido restos del ADN de la víctima a la campera de Díaz y aseguró que esas teorías con científicamente comprobables.

En relación a los registros fílmicos, hizo alusión al planteo de nulidad formulado en el inicio del debate y concluyó en que “la única salida posible es la absolución”. Dejó planteado recurso de casación en caso de un veredicto condenatorio.

Finalmente, el tribunal cedió nuevamente la palabra al acusado, quien se refirió al accionar desplegado por efectivos policiales en su domicilio y dijo “que hay muchas cosas que se han inventado”. Concluyó: “yo soy totalmente inocente”.

Integraron el Tribunal como presidente el Dr. Mauro D´Agata Henríquez, como vocales las Dras. Cintia Martin y Virna Eguinoa. Como Secretario el Dr. Jose Dominguez Molto.

 En representación del Ministerio Público Fiscal participan los Dres. Ernesto Lutens -Fiscal de Juicio- y Leandro Estrada -Fiscal de Instrucción-, por la Querella la Dra. Laura Rodríguez y en la Defensa del imputado el Dr. Bautista Rivadera. Como Secretario intervino el Dr. José Domínguez Molto.

Para obtener más información sobre este caso ingrese a los siguientes enlaces:

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=480204

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=480114

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=479928

 https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=479842

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=479765

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=478472

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=476562

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=469519

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=469018

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=465273

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=462476

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=462070

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=461401

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=461195

https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=480127

 

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

 

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