VIOLENCIA DE GÉNERO: CONDENARON A UN JOVEN POR LESIONES Y DAÑOS

Este miércoles, la Sala Unipersonal integrada por el Dr. Mauro D’ Agata Henríquez, recepcionó los alegatos de clausura en el marco del debate oral donde se  juzgó a Nahuel Ojeda por una serie de delitos cometidos en contexto de violencia de género. Luego de un cuarto intermedio, el Tribunal dio a conocer el veredicto, con el que se declaró al joven como autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar contexto de violencia de género y daños, en concurso real. 

Ojeda fue condenado a sufrir la pena de tres años de prisión en suspenso. Además deberá cumplir una serie de pautas de conducta, bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena, entre ellas:

  • fijar domicilio y comunicar cualquier cambio en el mismo;
  • realizar tratamiento psicológico y psiquiátrico a fin de rehabilitarse en sus vínculos;
  • asistir a un curso sobre perspectiva de género a través de la Secretaría de la Mujer u otro organismo estatal similar.

Asimismo, para salvaguardar la integridad de las partes, el Tribunal ordenó una prohibición de acercamiento recíproca – por todos los medios, incluidos los digitales – entre el condenado y la denunciante y grupo familiar de ambos-.

 

Etapa de alegatos

En primer lugar, el Fiscal de Juicio recordó las circunstancias en las que se recepcionó la denuncia de la víctima y mencionó antecedentes de otra situación de violencia entre el acusado y la denunciante, en la provincia de Córdoba.

 Detalló el contexto de violencia de género y las diferentes tipos de violencia desplegadas por el acusado: física, psicológica, sexual, económica y ambiental.

En cuanto al día del hecho, mencionó que se trató de una situación de absoluta violencia física.

Asimismo, refirió que en el debate no se pudo acreditar la existencia de la privación ilegitima de la libertad.

Solicitó se condena a Ojeda a la pena de tres años de prisión en suspenso y se lo declare autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar contexto de violencia de género y daños, en concurso real.

También, solicitó que al emitir sentencia, el Tribunal dicte una prohibición de acercamiento recíproca – entre la víctima y el acusado – y que Ojeda  realice tratamiento psicológico y psiquiátrico, como así también que asista  a un curso sobre Violencia de Género ante la Secretaría de la Mujer.

Por su parte, la Defensa solicitó la absolución de su asistido y en caso contrario, pidió al tribunal que, como máximo, sea condenado a la pena de un año y medio de prisión en suspenso.

Se refirió a la convención probatoria alcanzada con Fiscalía y en ese sentido, aseguró que fue en cuanto a la incorporación de evidencias, y no así en cuanto a la responsabilidad de Ojeda. En el mismo sentido, aseguró que están acreditadas las lesiones pero no la autoría del acusado.  Y consideró que no procede el contexto de violencia de género.

Intervino como Secretario el Dr. Hector Lazzari, en la Defensa del acusado el Dr. Pascual Celdrán y la Dra. Romina Ustares y como Fiscal de Juicio el Dr. Néstor Lucero.

Sobre el hecho

En la audiencia de formulación de cargos, la Fiscal de Género relató que el hecho se registró luego de que la víctima asistiera a un cumpleaños.  Fue a su regreso que el imputado empezó con una serie de agresiones, a las que Fiscalía definió en dos etapas, y en escalada, ya que cada vez se tornaron más violentas. La escena se extendió a lo largo de más de doce horas, hasta que la joven logró convencer al imputado para que la dejara ir hasta su domicilio, con la excusa de que volvería más tarde. Fue cuando llegó a su casa que su madre descubrió los golpes y decidieron hacer la denuncia

Para mayor información: https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=482353

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

Compartir

Anterior

IMPUTAN A UN HOMBRE POR PRESUNTA TENENCIA Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL DE ABUSO SEXUAL INFANTIL

Siguiente

FORMALIZARON CARGOS POR ABUSO SEXUAL CONTRA UN HOMBRE DE 24 AÑOS