
En una audiencia realizada este martes ante el Juzgado de Garantía N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Jueza Agustina Dopazo Samper, la querella solicitó que se investigue un presunto incumplimiento de las medidas de coerción impuestas a Miguel Antonio Soler Reyes, imputado por un siniestro vial por el que fallecieron dos personas.
La presentación fue impulsada por los abogados querellantes Cristian Francisco Ulloque y Daniel Macías, quienes expusieron que el imputado habría violado la prohibición de salir de la provincia al ser visto —según publicaciones periodísticas y fotografías difundidas en redes sociales— en un evento automovilístico realizado en Mina Clavero (Córdoba) el pasado 18 de abril. En ese sentido, solicitaron que se requieran informes sobre sus movimientos y que se investigue el hecho como un posible incumplimiento de una orden judicial.
Por su parte, la Fiscalía —representada por el Fiscal de Instrucción en lo Penal N° 4, Javier Amitrano, junto a la Fiscal Adjunta Antonella Romagnoli— coincidió en la necesidad de investigar lo ocurrido. Indicó que no consta autorización para salir de la provincia y que la restricción continúa vigente. No obstante, aclaró que el eventual incumplimiento deberá analizarse en una investigación específica sobre ese hecho. Además, solicitó reforzar las medidas cautelares —en particular mediante la prohibición de conducir— e intimar al imputado a cumplir con el pago de la caución fijada.
La defensa, integrada por los abogados Carlos Bianchi Durán, Antonella López Astudillo y Liliana López, rechazó los planteos. Sostuvo que las imágenes no constituyen prueba suficiente para acreditar un incumplimiento y remarcó que el imputado se ha mantenido a derecho durante todo el proceso. A su vez, solicitó flexibilizar las condiciones vigentes para permitirle salir de la provincia en días determinados por motivos laborales vinculados a un emprendimiento familiar, proponiendo mecanismos de control para garantizar su cumplimiento.
Al resolver, la magistrada consideró que la información presentada por la querella sobre el presunto incumplimiento resulta, por el momento, insuficiente para ser valorada como evidencia concluyente, debido a la falta de certeza sobre la identidad del imputado en las imágenes y el contexto en que fueron tomadas. Asimismo, entendió que el hecho debe ser investigado por la fiscalía que se encontraba de turno al momento del supuesto incumplimiento, lo que implicará también la intervención de otro juzgado. Concluida esa instancia, la causa podría acumularse a la principal, que es la que actualmente se encuentra bajo su órbita.
En consecuencia, rechazó tanto el pedido de la defensa para autorizar salidas laborales como la solicitud de la fiscalía de prohibirle conducir, manteniendo las medidas vigentes: la prohibición de salir de la provincia y la obligación de firma periódica. Además, dispuso intimar al imputado a pagar la caución económica en los próximos días.
EL HECHO QUE ORIGINÓ LA CAUSA
Según describió la Fiscal Adjunta Antonella Romagnoli durante la formulación de cargos, el hecho ocurrió el 23 de agosto de 2025, cuando alrededor de las 19:45 Soler Reyes conducía una camioneta por la ruta 146, a la altura de Nogolí. En ese tramo, se habría desviado de carril y, sin frenar ni intentar esquivar, impactó de frente contra el vehículo en el que viajaba Raúl Rojas, quien murió en el lugar, mientras que su pareja, Margarita Escudero, resultó gravemente herida.
De acuerdo con la investigación, el imputado circulaba a alta velocidad y presentaba 0,91 gramos de alcohol en sangre.
Por estos hechos, Soler Reyes fue imputado por homicidio culposo agravado por el uso de vehículo con motor en perjuicio de Rojas y lesiones graves agravadas en perjuicio de Escudero, quien permaneció en estado grave durante cinco meses hasta fallecer el 23 de enero. A raíz de su deceso, el 13 de febrero se amplió la imputación a Soler Reyes por doble homicidio culposo. Al imputado se le impusieron como medidas de coerción la prohibición de salir de la provincia, la obligación de firmar periódicamente y el pago de una caución de 500 mil pesos.