MALA PRAXIS: LA DEFENSA DE UN MÉDICO IMPUTADO PROPUSO UNA SUSPENSIÓN DE JUICIO A PRUEBA

Este miércoles se realizó una audiencia en el Juzgado de Garantía Nº 3, a cargo de la jueza Luciana Banó, en el marco de la causa que investiga al médico cirujano Samir Nofal, imputado por “lesiones culposas agravadas por mala praxis” en perjuicio de una paciente sometida a una cirugía estética mamaria.

La audiencia había sido convocada inicialmente para avanzar en el control de acusación y una eventual elevación a juicio. Sin embargo, durante la jornada, la defensa presentó formalmente un pedido de suspensión de juicio a prueba –probation-, por lo que el debate se centró en esa propuesta.

Intervino por el Ministerio Público Fiscal la Fiscal de Instrucción en lo Penal Nº 5, Débora Roy Gitto. La querella estuvo representada por los abogados Carlos Pereyra Malatini y Aníbal Constanzo, mientras que la defensa del imputado estuvo a cargo de Juan Manuel Mercau y Gabriela Gargiulo.

LA PROPUESTA DE LA DEFENSA

La defensa solicitó que se conceda la suspensión de juicio a prueba a favor de Nofal y mejoró una propuesta que ya había sido presentada en una audiencia anterior.

El ofrecimiento incluyó la suspensión del proceso por un año, tres horas semanales de tareas comunitarias en una iglesia bajo supervisión del cura párroco y una reparación económica de 9 millones de pesos, a pagar en tres cuotas.

EL RECHAZO DE LA QUERELLA

Los abogados de la querella se opusieron al pedido y solicitaron que la causa avance hacia el juicio oral.

Sostuvieron que la propuesta económica resulta insuficiente frente a los costos que la paciente continúa afrontando por las intervenciones reconstructivas derivadas de las secuelas sufridas.

Según señalaron, la mujer debió someterse recientemente a una nueva cirugía reconstructiva y deberá afrontar nuevas intervenciones de alto costo.

También cuestionaron que el médico continúe ejerciendo su profesión mientras tramita el proceso y consideraron que una salida alternativa implicaría desnaturalizar la respuesta judicial esperada en un caso de esta gravedad.

Durante su exposición, remarcaron la gravedad de las prácticas atribuidas al imputado en el tratamiento posterior a la cirugía y reiteraron que la víctima pretende llegar a un juicio oral.

LA POSTURA DE LA FISCALÍA

Luego de escuchar a las partes, la fiscal Débora Roy Gitto manifestó su conformidad con la suspensión de juicio a prueba.

Fundamentó su posición en la calificación legal del hecho, la ausencia de antecedentes condenatorios del imputado, el tiempo transcurrido desde el hecho investigado —ocurrido en 2021— y las condiciones ofrecidas por la defensa.

No formuló objeciones respecto de las tareas comunitarias propuestas, aunque consideró que el plazo de un año podría resultar reducido y dejó ese punto a criterio de la magistrada.

En cuanto al monto económico ofrecido, sostuvo que, si bien no representa una reparación integral del daño, ello no impide el otorgamiento de una probation, ya que los reclamos patrimoniales pueden tramitar por la vía civil.

La fiscal recordó además que, en caso de incumplimiento de las condiciones impuestas, la suspensión podría revocarse y la causa retomaría el trámite hacia el control de acusación y un eventual juicio.

Cabe señalar que, en términos jurídicos, el monto ofrecido en una suspensión de juicio a prueba no equivale a una reparación integral del daño, sino que funciona como una compensación de carácter simbólico dentro del proceso penal. La determinación precisa de los daños y perjuicios, así como la evaluación objetiva de la extensión de las secuelas físicas, psicológicas y patrimoniales ocasionadas por el hecho, corresponde habitualmente a la vía civil, donde pueden debatirse y cuantificarse específicamente las consecuencias derivadas del caso y las eventuales indemnizaciones.

ANTECEDENTES DEL CASO

La investigación se originó a partir de una denuncia vinculada con una cirugía estética de implante mamario realizada en diciembre de 2021.

De acuerdo con la fiscalía, la paciente habría sufrido graves complicaciones posteriores a la intervención, entre ellas un proceso infeccioso severo, necrosis tisular, extracción del implante mamario y secuelas físicas irreversibles.

Entre las pruebas reunidas figuran informes médicos forenses, testimonios de profesionales que intervinieron con posterioridad, documentación clínica, estudios, fotografías y comunicaciones incorporadas al expediente.

En una audiencia realizada en octubre de 2025, la jueza Banó había ordenado nuevas medidas probatorias, entre ellas una junta médica, evaluaciones psicológicas y psiquiátricas e informes administrativos vinculados con las habilitaciones del lugar donde se habría efectuado parte del tratamiento posoperatorio.

LA RESOLUCIÓN

Tras escuchar los planteos de la Fiscalía, la Defensa y la Querella, la jueza Luciana Banó resolvió pasar los autos a despacho para resolver, la decisión de aceptar o no la probation, será notificada oportunamente a las partes.

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