ESTAFA PROCESAL: LA JUSTICIA IMPUTÓ A DOS MUJERES

Este martes, se desarrolló una audiencia en donde se le formularon cargos a Maria Beatriz Pereyra y Beatriz Catalina Viotto por el delito de estafa procesal.

La Estafa procesal consiste en la utilización de un ardid o engaño (como la introducción de pruebas falsas o testimonios fraguados) con el fin de inducir a error a un juez para que dicte una resolución que cause un perjuicio patrimonial.

Cabe mencionar que por esta causa hay otra persona imputada (ver aquí: https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=476422).

El Ministerio Público Fiscal investiga la comisión del delito de estafa procesal, en donde tres mujeres habrían continuado una acción civil para ejecutar una deuda hipotecaria que ya había sido cancelada. Fiscalía explicó que esa maniobra constituyó una estafa procesal, donde el sujeto pasivo es el Juez, porque se pretendió el dictado de una sentencia errónea.

En noviembre del año 1992 mediante escritura pública se constituyó una hipoteca sobre cinco inmuebles garantizando el pago de la suma de 75.000 dólares. En el año 2000 esos inmuebles se vendieron y en esa venta se siguió  reconociendo la existencia de esa hipoteca y por lo tanto, de la garantía de pago.

En el 2010, el padre de las imputadas reconoció cancelada la hipoteca por  el último comprador y en el mismo año inició en el fuero civil un juicio donde pretendió ejecutar la deuda.  Cuando el hombre falleció sus dos hijas y su esposa –imputadas- continuaron con la acción de ejecución hipotecaria de los inmuebles.

Ese expediente civil siguió su curso, se dictó la sentencia de subasta y al momento de ser efectuada la misma, se ordenó la suspensión en base a un juicio iniciado por el damnificado en el cual puso en conocimiento  que la deuda que se estaba intentando ejecutar había sido cancelada.

Pese a ello las herederas decidieron continuar con la ejecución. Ese conocimiento y el continuar con la pretensión del cobro es lo que configura la estafa procesal.

En la audiencia de hoy, Bautista Rivadera en representación de la Defensa solicitó que se difiera el tratamiento o que se deje sin efecto la formulación de cargos, manifestó que sus defendidas no llevaron adelante la maniobra fraudulenta, solicitó que se declare la prejudicialidad, es decir que, consideró que primero debe resolverse la cuestión civil antes de continuar con el proceso penal.

El Fiscal Maximiliano Bazla y la Querella representada por Roberto Pereyra solicitaron que no hiciera lugar.

La Juez no hizo lugar a la prejudicialidad, consideró que existieron negocios jurídicos basados en engaños y tuvo por admitidos los cargos formulados e instó a las partes a llegar a una solución alternativa del conflicto.

La audiencia se desarrolló en el Juzgado de Garantía Nº 3 a cargo de Natalia Pereyra Cardini, como Secretaria intervino Daniela López Martin. Por el Ministerio Público Fiscal, Maximiliano Bazla por la Querella, Roberto Pereyra. Representando a la Defensa estuvieron los abogados Bautista Rivadera y Guillermo Carrió.

Prensa Judicial Villa Mercedes

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