El Tribunal informó que la resolución será emitida por escrito en el plazo de Ley establecido en el Código Procesal Penal.
Este martes, se desarrolló una audiencia en el Tribunal de Impugnaciones en el marco de la causa donde se investigan hechos que habrían ocurrido en un establecimiento rural en el Pueblo Ranquel durante el período del 1 de abril de 2020 al 31 de diciembre de 2023, en la oportunidad de que Freixes intervenía en la administración de asuntos agropecuarios.
El pasado 11 de mayo se formularon los cargos a Sergio Gustavo Freixes, Sonia Elizabeth Aguilera, Miguel Arturo Montani y Diego Exequiel Lucero por los delitos de asociación ilícita y administración fraudulenta (Ver aquí: https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=484889).
En la audiencia de hoy, el abogado Pascual Celdrán, Defensor de Freixes, Aguilera y Montani planteó la apelación de la formulación de cargos, sostuvo que desistiría en relación al delito de administración fraudulenta y apeló la imputación de asociación ilícita.
La Defensa argumentó que no hubo una explicación detallada de la imputación por parte del Ministerio Público Fiscal, que no pudo explicar cuál es la conducta desplegada y la participación de cada uno de sus asistidos.
Por otra parte, aseguró que no está acreditado el perjuicio económico presuntamente ocasionado al Estado Provincial y que si hay un perjuicio será al Pueblo Ranquel.
Por otra parte, Valentín Rivadera en representación de Diego Exequiel Lucero adhirió a todo lo manifestado por Celdran y solicitó que no se tuvieran por formulados los cargos para su defendido.
Agregó que no está acreditada la participación de Lucero en la administración fraudulenta ni en la asociación ilícita. Dijo que con los elementos de la formulación de cargos no se pueden reprochar dichos delitos y que no hay un mínimo de sospecha necesario para esta instancia.
El Fiscal de Instrucción, Maximiliano Bazla, realizó un relato de los hechos y describió las conductas de los imputados. Dijo que las acciones fueron con la intención de obtener un beneficio económico con la colaboración de las personas imputadas.
Agregó que actuaron tres años las mismas personas con roles específicos con intención de cometer ilícitos. Mencionó que muchos pagos se hicieron sin el respaldo de la documentación correspondiente.
Por otro lado, la Fiscal Nayla Cabrera Muñoz se refirió a los informes de los análisis contables y mencionó que existieron transacciones de dinero sin la justificación correspondiente y en donde cada uno de los imputados intervino.
El abogado Flavio Ávila en representación de la Querella ratificó lo planteado por el Ministerio Público Fiscal y solicitó que se confirme la resolución de la Juez de Garantías el pasado 11 de mayo.
Expresó que las evidencias son suficientes para sostener la formulación de cargos que es un acto de anoticiamiento. Agregó que la Defensa no acreditó ni aporto elementos que den cuenta de la inexistencia de los hechos ni que invaliden la imputación.
El Tribunal integrado por los Dres. María Monserrath Bocca Hernán Herrera, y Marcelo Bustamante Marone informó que la resolución será emitida por escrito en el plazo de Ley establecido en el Código Procesal Penal.
Prensa Judicial Villa Mercedes