LO CONDENARON A 16 AÑOS DE PRISIÓN POR ABUSO SEXUAL Y VIOLENCIA REITERADA

El tribunal declaró este viernes culpable a Jonathan Raúl Andrada Villagra como autor responsable de múltiples delitos de abuso sexual y violencia de género cometidos contra cinco mujeres, y lo condenó a la pena de 16 años de prisión, accesorias legales y costas procesales.

Según el veredicto, votado de manera unánime, Andrada Villagra fue hallado culpable de tres hechos de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de tres damnificadas, delitos previstos en el artículo 119 tercer párrafo del Código Penal.

Además, fue condenado por lesiones leves agravadas por el vínculo y mediando violencia de género en perjuicio de otra de las víctimas, y por lesiones graves agravadas por el vínculo y la existencia de violencia de género contra la quinta denunciante.

El tribunal consideró que todos los hechos concurrieron en concurso real y dispuso la continuidad de su alojamiento en el Servicio Penitenciario Provincial.

Por otra parte, los jueces absolvieron a Andrada Villagra en relación a los hechos denunciados por tres víctimas, al aplicar el principio de la duda a favor del acusado, previsto en el artículo 8 del Código Procesal Penal y el artículo 39 de la Constitución provincial.

En el caso, intervinieron la Fiscalía de Juicio N° 1, a cargo de Virginia Palacios, y la Fiscalía de Género N°1, cuya titular es Delia Bringas, quien llevó adelante la instrucción de la causa.

El veredicto, emitido por el juez José Luis Flores y las juezas Adriana Lucero Alfonso y María Eugenia Zabala Chacur, se conoció tras nueve horas de debate oral donde el tribunal escuchó las declaraciones de la madre y de la novia del acusado, y luego los alegatos de clausura del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, representado por el Defensor de Juicio N° 1, Esteban Sala y por la Defensora adjunta N° 1, Agustina Tobares.

“Yo no abusé a nadie y quiero que se haga justicia”, fueron las últimas palabras que dijo Andrada Villagra antes que los magistrados se retiraran a deliberar. Las denunciantes siguieron toda la audiencia de manera presencial.

La fiscal Virginia Palacio reconstruyó ante el tribunal una trama que, según su teoría del caso, estuvo sostenida por la violencia física, psicológica y sexual que Andrada Villagra ejerció durante más de una década sobre ocho mujeres a las que conoció, en su mayoría, a través de redes sociales.

La representante del Ministerio Público Fiscal describió relaciones marcadas por el aislamiento, el control extremo, las amenazas y los abusos sexuales reiterados. En varios de los casos, las víctimas relataron haber sido golpeadas, privadas de su libertad, amenazadas con armas de fuego o sometidas bajo coerción psicológica. También surgieron denuncias de hostigamiento permanente, manipulación emocional y amenazas de muerte.

A lo largo de su exposición, la fiscal sostuvo que el imputado desplegó un patrón sistemático de violencia de género que se repitió en cada una de las relaciones denunciadas. Varias de las víctimas coincidieron en describir escenas de celos extremos, agresiones físicas, control sobre sus comunicaciones y amenazas para impedir que denunciaran los hechos o abandonaran el vínculo.

La fiscal también cuestionó los estereotipos en torno al acusado y señaló que se reiteró “el estereotipo de este señor amable, afable”, que, según afirmó, “claramente inducía a sus víctimas a que si las golpeaba dijeran que no, que se habían caído de una moto”.

En algunos de los hechos investigados, Palacios desistió de sostener la acusación por el delito de privación ilegítima de la libertad al considerar que, durante el debate oral, no se reunieron pruebas suficientes para acreditar esa conducta. La fiscal pidió que el hombre de 35 años fuera condenado a 25 años de prisión.

La palabra del defensor

En su alegato, el defensor Esteban Sala solicitó al tribunal que, en caso de dictarse una condena, se tengan en cuenta distintas circunstancias atenuantes para fijar una pena “justa y proporcional”. Entre ellas, mencionó la falta de antecedentes penales del acusado y el testimonio brindado por su madre sobre su historia de vida y sus problemas de adicción.

El abogado sostuvo que, aunque la situación de consumo “no ha podido ser acreditada de otro modo”, el relato de la progenitora “resulta más que contundente y suficiente para graficar la situación que la misma ha pasado como madre”, por lo que consideró que debía valorarse como atenuante.

Sala también remarcó que la mayoría de los delitos atribuidos están alcanzados por el artículo 56 bis de la Ley 24.660, lo que impediría al acusado acceder a beneficios durante el cumplimiento de una eventual condena. Según argumentó, esa situación “cuestiona claramente” la finalidad de reinserción social prevista en el sistema penitenciario y pidió que el tribunal contemple ese aspecto al momento de fijar la pena.

Finalmente, el defensor calificó como “desproporcionado” el pedido de 25 años de prisión formulado por la fiscalía y solicitó que se lo absuelva a Andrada, en algunos de los casos por el beneficio de la duda. También dijo que, de declararse responsabilidad penal por alguno de los hechos, la pena se ubique “en relación a los mínimos legales de los tipos en cuestión”. Además dejó planteada la reserva del caso federal para recurrir ante tribunales superiores.

 

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