USURPACIÓN: LA JUSTICIA RECHAZÓ INTRODUCCIÓN DE HECHO NUEVO Y ORDENÓ CUMPLIR LA RESTITUCIÓN DEL INMUEBLE

En la causa hay dos personas acusadas, que enfrentan un pedido de pena de tres años de prisión efectiva.

Esta mañana, luego de que la Defensa de dos hombres acusados por el delito de usurpación intentara introducir un hecho nuevo en la causa, se desarrolló una nueva audiencia en el Juzgado de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial. Santiago Ortiz, Juez de Garantía, rechazó la introducción de elementos nuevos en  el expediente y ordenó que se forme un incidente por presunta estafa procesal. Además, dispuso que se de cumplimiento con la medida de restitución del inmueble objeto del litigio.

Cabe mencionar que el pasado 13 de abril se desarrolló la audiencia de control de acusación, donde se dispuso la elevación de la causa a juicio. En esa oportunidad, el Ministerio  Público Fiscal, solicitó que Yesica Lorena Fernández y Gerardo Ramón Sanchez  sean juzgados como autores del delito  de usurpación por abuso de confianza. Solicitó se los condene a tres años de prisión efectiva.

Durante la audiencia de control de acusación, además, el Juez ordenó  la restitución provisoria  del inmueble objeto del litigio, en un plazo de 30 días, debiendo la damnificada prestar caución personal ante Fiscalía.

Posteriormente, la Defensa planteó la apelación frente a lo resuelto en la audiencia y el Tribunal de Impugnaciones confirmó lo resuelto por el Juzgado de Garantía Nº 4. Cuando las actuaciones ya se encontraban en la Oficina Judicial a fin de que se fije la fecha de inicio de juicio, los abogados defensores presentaron un   escrito aduciendo un hecho nuevo: la firma de un  contrato de locación entre la acusada y una mujer, presuntamente con derechos posesorios sobre el inmueble.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal consideró que la introducción de ese hecho nuevo podría constituir el delito de estafa procesal, además consideró que la resolución dictada oportunamente por el Juez de Garantía  – en cuanto a la restitución del inmueble – se encuentra firme y consentida y en cuanto a la presentación de la Defensa, estimó que se trata de un recurso dilatorio.

Por su parte, la Defensa consideró que la medida cautelar afecta los derechos posesorios de terceros y que, atento el contexto y el nuevo hecho introducido, la medida de restitución del inmueble deja de tener sustento.

Luego de escuchar a las partes, el Juez  rechazo la introducción de elementos nuevos en la causa, ordenó se forme un incidente atento la posible comisión de estafa procesal y dispuso que la medida de desalojo sea ejecutada en el día de la fecha.

Para obtener más información sobre esta causa ingrese al siguiente enlace:  https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=483834

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

 

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