ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE: CONDENARON A UN HOMBRE A 10 AÑOS DE PRISIÓN

El tribunal integrado por las Dras.  Virna Eguinoa y Sandra Ehrlich y por el Dr. Sebastián Cadelago Filippi dio lectura al veredicto este miércoles.

Un hombre que fue investigado en una causa por un delito contra la integridad sexual fue condenado a sufrir la pena de 10 años de prisión.

El pasado 15 de noviembre, el tribunal integrado por las Dras. Virna Eguinoa y Sandra Ehrlich y Sebastián Cadelago Filippi dio a conocer el veredicto Nº 31, con el cual se lo declaró autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido aprovechando la situación de convivencia preexistente (Art. 119 1º y segundo párrafo en relación al inc. f) del 4º párrafo y 45 del C. Penal de la Nación Argentina) en perjuicio de una niña.

Como Fiscal de Juicio intervino el Dr. Ernesto Lutens, como Defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces, la Dra. Yesica Agüero y como defensor del imputado, el Dr. Pascual Celdrán.

En la jornada de ayer, las partes realizaron su solicitud de pena. El Fiscal de Juicio solicitó se aplique la pena de 14 años de prisión, a lo que adhirió la Defensora de Niñez y Adolescencia. Mientras que la defensa pidió  se aplique el mínimo de pena y planteó un recurso de inconstitucionalidad respecto del mínimo del 4to párrafo del artículo 119 en relación al 2do párrafo del mismo artículo, lo que fue rechazado por el tribunal atento a que no se ha configurado supuestos de violación a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. 

Para obtener más información sobre este caso ingrese al siguiente enlace: https://www.periodicojudicial.gov.ar/declaran-culpable-a-un-hombre-por-el-delito-de-abuso-sexual-gravemente-ultrajante/

Por tratarse de un delito en perjuicio de una persona menor de 18 años, no se consignan los datos identificatorios de las partes a fin de preservar el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de la víctima (Art.22 Ley 26.061).

Prensa Judicial Villa Mercedes

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