ABUSO SEXUAL INFANTO JUVENIL: INSTRUMENTOS PROTOCOLARES

Fue la disertación inicial en las I Jornadas de Intercambio Regional de Buenas Prácticas en Abordajes de Víctimas del Delito.

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Las Lic. Eugenia Maldonado y Verónica Chrabolowski, integrantes del Depto. de Trabajo Social del Hospital Pediátrico Alexander Fleming de la provincia de Mendoza, expusieron acerca de los diferentes criterios técnicos y legales que se ponen en práctica a la hora de asistir a las víctimas de abuso sexual. Al respecto, las disertantes comentaron acerca de la metodología de trabajo utilizada en el Depto. de trabajo social del mencionado centro de salud, ante este tipo de delitos.

En primer lugar, la Lic. en Trabajo Social, Eugenia Maldonado, hizo referencia a la Ley Nacional Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes que tiene por objeto garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte.

La disertante explicó que dentro de esta normativa, se contempla el Derecho a la Salud para asegurar no sólo una asistencia inmediata sino también un sistema de apoyo integral tanto a las víctimas de abuso sexual como a sus respectivas familias. También manifestó que esta Ley, -a la que la provincia de Mendoza adhiere-, es indispensable para prestar una atención humanizada y establecer competencia directa de asistencia sin mediación judicial.

Cuando un menor víctima de abuso llega a un centro de salud, es nuestra misión que en ese primer contacto se le garantice una atención adecuada”, afirmó la Lic. Maldonado respecto a la labor desempeñada en el Hospital Fleming sobre delitos sexuales. Respecto a este mismo tema, la Lic. en Psicología Verónica Chrabolowski, aseguró que la capacitación de los actores que intervienen en el abordaje integral de las víctimas de violencia sexual es esencial para brindar un trato humanizado y evitar la revictimización del damnificado.

También, la especialista se refirió al Protocolo sobre Aborto no Punible, que es puesto en práctica por profesionales del mencionado Hospital a través de un conjunto de medidas de protección que apuntan al abordaje de situaciones de maltrato. “El aborto no punible es un tema controversial, pero garantizar el acceso al mismo es un derecho. Por eso el protocolo existe y tiene una función“, expresó.

“Las consecuencias de las violaciones dependen de distintos factores, y por lo tanto no se pueden medir con exactitud los efectos que pueden provocar en la víctima, los cuales no sólo se producen por el episodio en si mismo, sino por las respuestas posteriores del entorno, como la indiferencia, la ineptitud a la hora de tratar este tipo de situaciones, los interrogatorios abusivos o reiterados, entre otros. La posición del equipo tratante debe ser en parte subjetiva, porque no sólo es importante la pesquisa para determinar qué sucedió, sino que es necesario determinar el cómo sucedió para tratar a la víctima y evitar una eventual reiteración de ese tipo de episodios”, fue la conclusión de la Lic. Chrabolowski.

Redacción: A. González Esquivel

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