AGRESIÓN EN PATOTA EN JUSTO DARACT: NUEVA EVIDENCIA Y NOVEDADES EN LA CAUSA

Los elementos incorporados en la causa fortalecieron la hipótesis de que los imputados no tuvieron la intención de matar, cuando atacaron a un hombre el pasado 15 de diciembre. Fiscalía planteó que el delito debe encuadrarse como lesiones graves agravadas por la participación de dos o más personas.

Este miércoles, se celebró una nueva audiencia en el Juzgado de Garantía Nº 2 de la Segunda Circunscripción en marco de la causa donde se investiga un hecho ocurrido en Justo Daract el pasado 15 de diciembre. El Ministerio Público Fiscal explicó que, durante la etapa de Investigación Penal Preparatoria, se  incorporaron nuevas evidencias que ponen en tela de juicio el dolo homicida de los imputados – es decir, que hayan tenido la intención de matar-.

En consecuencia, Fiscalía consideró que la conducta de los imputados debe encuadrarse como lesiones graves agravadas por la participación de dos o más personas y no bajo la calificación que había, entre otros elementos de valoración, justificado que cumplieran prisión preventiva.

Entre las evidencias incorporadas el Ministerio Público Fiscal destacó testimoniales, videos,  nuevos informes médicos y la conducta posterior desplegada por los imputados. Se refirió al deber de objetividad con el que deben actuar y explicó que el cambio de tipo penal conlleva un nuevo pronóstico punitivo hipotético, con una pena que va entre los 3 a los 10 años, con la posibilidad de que sea en suspenso.

Además, el Fiscal detalló que los imputados han tenido un comportamiento ejemplar en el Servicio Penitenciario Provincial y en ese sentido, explicó que no solicitaría la prórroga de la prisión preventiva en tanto no existen riesgos procesales.

Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal pidió que, a efecto de que los imputados queden sujetos al proceso judicial, cumplan una serie de medidas tutelares: como respetar una prohibición de acercamiento al damnificado y a su grupo familiar por una distancia de 300 metros; evitar todo tipo de contacto a través de cualquier medio – incluido redes sociales-; y firmar el libro ante Fiscalía.

La Querella- particular damnificado- no cuestionó las medidas cautelares expresadas por el Ministerio Público Fiscal, mencionó las limitaciones de su rol de acuerdo el ordenamiento legal vigente y aseguró que seguirán aportando información a fin de sostener la hipótesis inicial.

La Defensa, en tanto, destacó la predisposición del Ministerio Público Fiscal para realizar las pruebas propuestas por esa parte y  tampoco formuló objeciones a las medidas tutelares propuestas por Fiscalía.

Luego de escuchar a las partes, el Juez mencionó lo previsto en el Art. 9 del Código de Procedimiento Penal de la Provincia y ordenó la libertad de William Agustín Carrión, Frank Axel Carrión y Martín Nicolás Rodríguez. Además, dispuso que deberán cumplir las medidas cautelares solicitadas por Fiscalía.

ARTÍCULO 9º.- LIBERTAD DURANTE EL PROCESO. El imputado tiene derecho a permanecer en libertad durante el proceso. La libertad sólo puede ser restringida en los límites absolutamente indispensables en caso de peligro real de fuga u obstaculización de la investigación y a los efectos de asegurar los fines del proceso, con los alcances, modos y tiempos reglados en este Código.-

Durante la audiencia, Fiscalía explicó que han producido la totalidad de las pruebas. La causa se encontraría en condiciones de realizar la acusación fiscal, instancia previa a la realización del juicio oral.

En representación del Ministerio Público Fiscal estuvieron presentes el Dr. Maximiliano Bazla Cassina y la Dra. Cecilia Framini, por la Querella, el Dr. Flavio Avila; por la Defensa, el Dr. Vicente Cuesta. Intervino como Juez el Dr. Matías Farinazzo Tempestini, como Secretaria, la Dra. Soledad Fernández.

Sobre el hecho: Ocurrió el 15 de diciembre del 2024 en Justo Daract. en Córdoba y Uriburu, cuando, según lo relatado por la Fiscalía en la audiencia de formulación de cargos, uno de los imputados interceptó a un hombre que circulaba en su motocicleta y le pegó un golpe de puño, provocando que cayera al piso. Fue allí que el resto de los imputados le propinó patadas. La situación fue visualizada por una pareja que se acercó para auxiliar a la víctima.

Para obtener más información sobre este caso ingrese a los siguientes enlaces:

https://www.periodicojudicial.gov.ar/agresion-en-patota-en-justo-daract-prision-preventiva-para-tres-imputados/

https://www.periodicojudicial.gov.ar/agresion-en-patota-en-justo-daract-imputaron-a-cuatro-jovenes/

 

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

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