ALEGATOS EN LA CAUSA “GATICA JULIO ALFREDO-AV. HOMICIDIO”

El Ministerio Fiscal solicitó 9 años, el particular damnificado 15 años y la defensa solicitó que se lo considere como exceso de legítima defensa.

Hace instantes, se desarrollaron los alegatos en la causa “Gatica Julio Alfredo-Av. Homicidio” en la Sala de Juicios de la Cámara Penal N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial. En la audiencia, el Ministerio Fiscal solicitó la pena de 9 años, el particular damnificado 15 años y la defensa solicitó que se lo considere como exceso de legítima defensa.

El hecho que se investigó ocurrió en la localidad de Arizona donde el imputado -Julio Gatica- mantuvo una pelea con el fallecido -Roberto Baigorria-, momento en que Gatica apuñaló a Baigorria causándole la muerte.

Durante la presentación de los alegatos, el abogado del particular damnificado expresó que el suceso se produjo a sangre fría por lo que solicitó al Tribunal que se le dicte a Gatica la pena de 15 años.

Mientras que el Ministerio Fiscal, solicitó que se considere al imputado como autor penalmente responsable del delito de homicidio simple y se le otorgue la pena de 9 años, no encontrando agravantes y considerando como atenuante la primariedad delictual. El Fiscal fundamentó que el proceso se determinó cuando el imputado asumió su responsabilidad como autor del hecho que se juzga.

Por su parte, el abogado defensor -Dr. Víctor Endeiza- solicitó se considere el accionar de su defendido en la figura legal de exceso de legítima defensa y en caso que el Tribunal considere el accionar de Gatica como homicidio simple, que se le aplique el mínimo de pena. La defensa alegó que si bien el imputado confesó haber cometido el delito solicita valorar las circunstancias de los hechos. El Dr. Endeiza destacó durante todo su relato, que su defendido actuó en defensa propia y resaltó que los actores de la pelea habían consumido alcohol, que Gatica no tenía instrucción, que era solitario y actuaba a la defensiva.

El Tribunal interviniente estuvo presidido por la Presidente, Dra. Susana Bravo y los Vocales Dres. María Florencia Montoya de Zucco y Daniel Calderón –Subrogante-. Como abogado defensor del imputado, intervino el Dr. Víctor Endeiza y como representante del particular damnificado, el Dr. Gustavo Reviglio. Asimismo, actuaron el Fiscal de Cámara, Dr. Néstor Lucero y como Secretario, el Dr. Guillermo Luoni.

Cabe mencionar que mañana, 7 de junio de 2017, se prevé la lectura del veredicto.

                                                                         Redacción: G. Campana

Corrección: J.N. Sanchez

                                                                        Fotografía: F. Romero

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