AMENAZAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GÉNERO: ORDENARON PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO

Un hombre con domicilio en la localidad de Batavia, que ayer habría amenazado con llamadas y mensajes a su ex pareja – radicada en Villa Mercedes – deberá cumplir con una prohibición de acercamiento y evitar el contacto personal – y por cualquier medio tecnológico- con la mujer, en una causa donde se lo investiga por amenazas en contexto de violencia de género.

La resolución librada por el Juez de Garantía Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, Dr. Leandro Estrada, fue comunicada a las partes en una audiencia de formulación de cargos que se celebró hoy al mediodía. El hombre fue imputado provisoriamente por el delito de amenazas – Art. 149 bis primer párrafo del Código Penal Argentino -, en contexto de violencia de género.

El hecho por el que se celebró la audiencia ocurrió ayer. Según el relato formulado por la Fiscal de Instrucción Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, Dra. Daniela Torres, la víctima recibió amenazas telefónicas de quien fuera su pareja. A raíz de la intervención de la policía, el hombre fue detenido en el ingreso a Villa Mercedes, donde le secuestraron un arma para la cual tiene permiso de uso ya que se dedica a la caza y está registrado como legítimo usuario.  

Luego de describir el hecho, la Fiscal de Instrucción mencionó la falta de antecedentes penales del hombre y solicitó al juez que dispusiera la libertad del imputado. Contextualizó las amenazas en una situación de superioridad física, emocional, y económica ejercida por el hombre sobre quien fuera su pareja y solicitó al magistrado que ordenara una prohibición de acercamiento, como así también que se evite todo tipo de contacto.

A continuación, la Defensora Penal Nº 1, Dra. Cecilia MIthiaux, no formuló objeciones a lo planteado por la Fiscal de Instrucción Nº 2.

En consecuencia, el Dr. Leandro Estrada hizo lugar a la formulación de cargos efectuada por la Dra. Torres, ordenó la libertad del imputado atento su falta de antecedentes penales y ordenó una medida cautelar, que explicó detalladamente al imputado. “No se puede acercar a la damnificada ni con un arma, ni sin un arma, ni por ningún medio. No solamente ordeno la prohibición de acercamiento de carácter material y físico por una distancia de 300 metros, sino que también queda prohibido cualquier tipo de contacto o acercamiento telefónico, por redes sociales, por cualquier medio de comunicación”.  Las partes quedaron notificadas en la audiencia.

  

CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS – ARTÍCULO 110.- AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE CARGOS. Cuando el Fiscal deba formalizar la investigación preparatoria respecto de un imputado que no se encontrare detenido, solicitará al Juez la realización de una

audiencia, individualizando al imputado. A esta audiencia se citará al imputado, a su defensor, y le informará los hechos que se le atribuyen, descriptos en la forma más precisa y circunstanciada que permita el grado de verificación que haya alcanzado la investigación; le indicará las pruebas de cargo que considera suficientes para atribuirle los hechos; y le hará saber la tipificación penal que provisionalmente le adjudica a los hechos. También podrán asistir la víctima y las demás partes en el procedimiento.-

Si el imputado se encontrare detenido, la formulación de cargos se hará dentro de las VEINTICUATRO (24) horas.- Este término puede prorrogarse por VEINTICUATRO (24) horas, si el imputado lo pidiese para nombrar defensor.-

Prensa Judicial Villa Mercedes

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