“AUTORIDAD DEL DERECHO Y ARGUMENTACIÓN JUDICIAL”

Fue el nombre de la conferencia, a cargo del Dr. Eduardo Sodero, en la apertura del segundo día del Congreso de Relatores.

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Tal como estaba previsto para el comienzo de esta segunda jornada del VIII Congreso Nacional de Secretarios Letrados y Relatores de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Dr. Eduardo Sodero -Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe- brindó una Conferencia en el Salón Blanco del Palacio de Justicia.

La temática propuesta fue “Autoridad del Derecho y argumentación judicial” y comenzó su disertación retomando una conocida frase: “Con un gran poder viene una gran responsabilidad”, para referirse al importante compromiso que tiene un Relator de Cortes, ya que con su labor “puede contribuir de manera decisiva a la justicia o injusticia de un caso”, teniendo en cuenta que su función parte de la “precomprensión” del derecho al momento de analizar los expedientes. A partir de esta afirmación, explicó que el Derecho es un conjunto de normas, las cuales tienen determinadas características y cuya finalidad es determinar “lo que está bien y lo que está mal” y establecer las sanciones en caso de incumplimiento. Asimismo, aseguró que la finalidad del Derecho es “el bien del hombre”, y por lo tanto, una de las nociones clave a tener en cuenta es el Derecho a la Dignidad: “nuestro concepto de dignidad, determinará nuestros fundamentos”, aseguró.

Posteriormente, definió diferentes categorías del Derecho como así también tipos de normas para introducir el concepto de Autoridad, al que se refirió como “la imposición obligatoria a un sujeto”, manifestando que no todo lo que un Relator expone para fundamentar un fallo es Autoridad en sentido normativo, y de esta manera, diferenciar la doctrina de la ley.

Luego, habló respecto a la argumentación judicial, la cual, se basa en un “sistema jurídico de reglas”, explicando que el argumento es el recurso utilizado para convencer a otro y que cada comunidad jurídica tiene su propio sistema de fuentes de derecho. “Nosotros aplicamos derechos. No valores. Los valores pertenecen al ámbito de la moral. Yo como juez no fallo según la moral. Los jueces no fallan según la moral”, aseveró el Magistrado.

Finalmente, en relación al interrogante acerca de cómo definir un fallo, el disertante explicó que el Juez debe fallar en base a las fuentes del Derecho que se aplican en ese momento, es decir, en función del Derecho vigente, el cual es concebido como un “concepto casuístico”. En el caso de nuestro país, el Dr. Sodero sugirió interpretar el Sistema Jurídico, no como una pirámide sino como un reloj de arena, donde en el centro del sistema se encuentre la Constitución Nacional y alrededor de ella el resto de las normas como es el caso de los Tratados y Convenciones Internacionales.

Redacción: A. González Esquivel

Corrección: M.C.Hang 

 

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