AUTORIZACIONES PARA SALIR DEL PAÍS A MENORES DE EDAD

En esta nota acceda a los requisitos para realizar el trámite ante Defensoría de Menores e Incapaces.

La Defensoría de Menores informó los requisitos para realizar el trámite para autorizar a menores de edad a salir del país.

Al respecto comunicaron que cuando un menor de dieciocho años debe salir del país en compañía de uno de sus progenitores o con un tercero familiar o amigo, debe gestionar la correspondiente autorización para salir del país, firmada por ambos padres.

Dicho trámite se realiza en la Defensoría de Menores e Incapaces en turno con asiento en cada Circunscripción Judicial o bien de manera privada ante Escribano Público.

La documentación solicitada por la Defensoría de Menores es la siguiente:

-DNI de los progenitores y del menor (solo se exhibe).

-De no viajar con alguno de sus progenitores, fotocopia del DNI del tercero que lo acompañará.

-Pasaporte si viaja fuera del Mercosur.

-Partida de Nacimiento del menor (actualizada).

-País al que se viaja indicando la fecha de egreso e ingreso.

-Tasa de justicia (se obtiene en Banco Supervielle $270).

-Deben estar presentes ambos progenitores.

Horarios de atención: Días hábiles de 07:00 a 13:00 hs. por orden de llegada.

En caso de que no haya consenso entre los progenitores, el conflicto debe ser resuelto por el Juez de Familia y Menores, debiendo la parte interesada presentarse con patrocinio letrado.

                                                         

Redacción: V. Besso

Corrección: M.C. Hang

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