“BAREMO LRT. USO OBLIGATORIO. RECLAMO SISTÉMICO”

Es el título de un artículo redactado por el Juez Laboral Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, Dr. Gerardo González, en el que analiza un fallo dictado recientemente por el Superior Tribunal de Justicia de San Luis.

Un baremo es una tabla de cálculo o un conjunto de normas que, aplicados en el ámbito judicial,  permiten cuantificar el daño sufrido por una persona. El Dr. Gerardo González, titular del Juzgado Laboral Nº 2 de la Segunda Circunscripción, destacó un fallo reciente del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de San Luis donde se anuló una sentencia en la que, oportunamente, se había hecho lugar al reclamo de un trabajador, a pesar de que su enfermedad tenía una patología no contemplada en el baremo que fija la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT).

“Recientemente, nuestro STJ de San Luis en la causa “CRUCEÑO PEDRO JOSE C/ ASOCIART ART SA s/ Accidente o enfermedad laboral – Recurso de casación – Iurix Exp 298009/16”, en fecha 30 de junio de 2021, resolvió hacer lugar al recurso de casación que interpone la parte demandada y así casar la sentencia de la Excma. Cámara N° 1 de esta ciudad de Villa Mercedes, porque el perito médico usa otro baremo y no el baremo de la LRT que es obligatorio en los reclamos sistémicos, pero el perito había aclarado en su dictamen que no lo usaba al baremo de ley por no estar contempladas allí las patologías reclamadas”, reflexionó el magistrado en un artículo.

Asimismo, el Dr. González agregó: “Parece que el STJ de San Luis adhirió a la postura de que si la patología no está en el baremo especifico de la LRT, no es indemnizable, lo que trae aparejado el rechazo judicial de patologías no listadas. Es importante destacar este fallo, dado que el mismo es casatorio y por aplicación del art. 281 del CPCYC de seguimiento obligatorio para los tribunales inferiores”.

En  su artículo, el titular del Juzgado Laboral Nº 2 se plantea interrogantes tales como: ¿Si la patología no está en el listado de enfermedades profesionales, se puede usar otro baremo en un reclamo sistémico?; ¿Cuál es la interpretación del fallo de la CSJN en autos Ledesma c/ Asociart, de fecha 12/11/2019?, y cita jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Puntualmente, el magistrado se refiere a la causa Ledesma y ante ella plantea dos caminos posibles: en primer lugar, si la patología no puede encuadrarse en el baremo de ley, corresponde rechazar la demanda o la patología no listada; y en segundo término, es que si el perito no usa el baremo de la LRT, por no contemplar la patología, aplicando otro, hay que hace lugar a la demanda.

A continuación, usted podrá leer el artículo redactado por el Dr. Gerardo González BAREMO LRT. USO OBLIGATORIO. RECLAMO SISTÉMICO

 

Fuente: Dr. Gerardo González – Titular del Juzgado Laboral Nº 2 – Segunda Circunscripción Judicial

Redacción: R. Zitta

Corrección: G. Campana

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