
La audiencia se desarrolló esta mañana en el Juzgado de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial.
Este viernes se realizó la audiencia de formulación de cargos, en marco de la causa donde se investiga la comisión de posibles hechos delictivos en la Casa de la Música del Molino Fénix de Villa Mercedes.
La audiencia, que se extendió por más de cinco horas, se desarrolló en la Sala de Audiencias del Juzgado de Garantía Nº 4, dirigido por el Dr. Santiago Ortiz. Como Secretaria intervino la Dra. Daniela López Martin.
En primer lugar, en representación del Ministerio Público Fiscal, el Dr. José Olguín –Fiscal de Instrucción Nº 3- relató los hechos investigados y en cada uno de ellos mencionó la evidencia.
El primer hecho relatado por Fiscalía, ocurrió el 15 de junio de 2023 en Casa de la Música entre las 22hs y 00hs. En ese momento, Beltrán y Torres en colaboración con otras personas, se habrían apersonado en el lugar y habrían reunido muebles que fueron cargados en una camioneta y trasladados hacia la sede partidaria de la Sra. Lucero.
El segundo hecho sucedió -según el relato de Fiscalía- el 27 de noviembre de 2023 cuando el Sr. Scarel se habría apersonado en la Casa de la Música y sustraído elementos.
El Fiscal Olguín relató que el tercer hecho ocurrió el 9 de diciembre de 2023 entre las 11:00 y las 18:00 hs cuando los cinco imputados se habrían apersonado en Casa de la Música y se habrían apoderado de documentación y elementos del teatro, describió que para lograrlo habrían roto y forzado puertas y cajones.
Mientras que, como cuarto hecho mencionó la utilización de elementos o bienes en beneficio privado y de terceros en relación al servicio de hotelería con el que cuenta el complejo y que está destinado al alojamiento de músicos y artistas.
El quinto hecho se produjo cuando hubo gastos de carga de combustibles de otras personas, dichas autorizaciones estuvieron a cargo de Beltrán quien era el encargado de la administración del complejo.
También describió como un sexto hecho que se hicieron uso de bienes, personal e instalaciones de Casa de la Música a los fines de financiar la campaña política de la Sra. Lucero.
El séptimo hecho, relató la Fiscalía, sucedió cuando se hicieron uso de los automotores destinados a actividades del complejo para fines políticos y partidarios.
El Fiscal además formuló cargos por otros tres hechos más denunciados como, la compra de elementos que se utilizaron en la campaña con fondos del Molino Fénix, el pago de servicios de traslados de personas y militantes a diferentes puntos de la provincia, y la contratación de seguros para la sede partidaria.
El Ministerio Público Fiscal, formuló cargos por distintos delitos: peculado, administración fraudulenta, robo en poblado y en banda, malversación de fondos públicos y abuso de autoridad.
El Dr. Flavio Ávila quien intervino en representación de Fiscalía de Estado como Querellante, adhirió al planteamiento del Ministerio Público Fiscal en relación a los hechos que se investigan, a la evidencia y a los delitos endilgados.
A continuación, Joaquín Beltrán declaró y dio su versión de los hechos, de la función que cumplía en el complejo y de las actividades que se realizaban, los otros imputados no declararon en esta instancia.
Luego de un cuarto intermedio, la Defensa de los imputados tomó la palabra.
La Dra. Cecilia Mithiaux se opuso a la formulación de cargos, dijo que no existen elementos de convicción suficientes para sostener la imputación de su defendido. En el mismo sentido lo hizo la Dra. Ximena Bertoli quien solicitó que se rechace la formulación de cargos porque no surge la conducta típica para atribuirle dichos delitos, describió el contexto de su defendido y pidió que se apliquen los principios de legalidad y de inocencia.
A su vez, la Dra. Páez pidió que se rechace la formulación y adhirió a lo manifestado por Bertoli en relación al contexto de donde fueron recabadas algunas evidencias, expresó que no se entiende cuales son los elementos objetivos para que se le imputen dichos delitos.
Por otra parte, los Dres. Cobo y Estrada rechazaron las imputaciones y plantearon una nulidad por indeterminación de la formulación de cargos, adhirieron a las posturas de las otras defensoras.
Luego de un cuarto intermedio, el Dr. Santiago Ortiz –Juez de Garantía N° 4- rechazó la formulación de cargos en relación al delito de poblado y en banda y admitió la imputación para:
Joaquín Beltrán: por los delitos de peculado, administración fraudulenta, abuso de autoridad y malversación de caudales públicos.
Diego Torres: peculado y administración fraudulenta
Ezequiel Scarel: peculado y administración fraudulenta
Enzo Lucero: peculado y administración fraudulenta
Anabela Lucero: Peculado, administración fraudulenta, malversación caudales públicos y abuso de autoridad.
La Dra. Bertoli solicitó una revocatoria que el Juez no hizo lugar. La Dra. Mithiaux planteó una revocatoria con apelación en subsidio, la Dra. Páez una reserva de apelación y los Dres. Estrada y Cobo también.
Por otra parte, el Dr. Flavio Ávila hizo reserva de apelar el rechazo de la formulación de cargos en relación al delito de robo en poblado y en banda, la Fiscalía adhirió.
MEDIDAS CAUTELARES
La Fiscalía solicitó una serie de medidas a los fines de evitar el peligro procesal y para asegurar el proceso, prohibición de acercamiento a testigos y al ámbito del Molino Fénix, prohibición de salir de la provincia y del país –con entrega de pasaporte- firma del libro en fiscalía cada quince días, embargo de 300 millones de pesos e inhibición de bienes.
La Querella adhirió y los representantes de los imputados se opusieron, argumentando su posición.
Luego de un cuarto intermedio, a las 18 hs el Juez emitió su resolución, ordenó como medida por el término de cuatro meses: la firma del libro ante fiscalía del 1 al 10 de cada mes, una prohibición de acercamiento al Complejo Molino Fénix, a la Casa de la Música, al museo José María Gatica y al Sum Eva Perón, una prohibición de salir del país sin autorización judicial, el embargo preventivo por la suma de 300 millones de pesos y la inhibición de bienes. Por otra parte, rechazó la prohibición de acercamiento a los testigos por falta de especificidad.
Los representantes de la Defensa de todos los imputados, solicitaron la revisión de la medida, lo que deberá ser resuelto por el Tribunal de Impugnaciones.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervinieron, el Dr. José Olguín –Fiscal de Instrucción Nº 3- el Dr. Marcelo Palacio Fernández –Fiscal Adjunto-. En representación de Ezequiel Scarel, Enzo Lucero y Diego Torres, actuaron las Dras. Cecilia Mithiaux, Noelia Páez, Ximena Bertoli y Silvia Moran y los Dres. Gonzalo Estrada y Carlos Cobo, en representación de la Defensa de Joaquín Beltrán y Anabela Lucero. El Dr. Flavio Ávila intervino en representación de Fiscalía de Estado como Querellante. También estuvo presente el Comisario Inspector Pedernera.
Para obtener más información sobre esta causa ingrese a los siguientes enlaces:
https://www.periodicojudicial.gov.ar/caso-molino-fenix-plantearon-la-recusacion-del-juez/
Prensa Judicial Villa Mercedes