
Una vez cumplido los términos del acuerdo, se resolverá sobre la extinción de la acción penal y el archivo.
La sala penal de la Tercera Circunscripción Judicial, presidida por la Dra. María Claudia Uccello, homologó este martes un acuerdo conciliatorio en los términos del artículo 59 inc. 6to del Código Penal.
La mujer llegó a esta instancia como imputada del delito de defraudación por retención indebida (art. 173 inc 2 del Código Penal) por un hecho ocurrido el 3 de octubre de 2016 en perjuicio de dos personas.
Como Fiscal de Juicio intervino el Dr. Néstor Zudaire y como Defensor Oficial Penal Nº 2 el Dr. Francisco Perez. Estuvieron presentes en la audiencia, la imputada y los damnificados.
En la audiencia de hoy, las partes informaron que arribaron a un acuerdo conciliatorio en los términos del art. 59 inc 6to del Código Penal a los fines de extinguir la acción penal una vez cumplidas las obligaciones establecidas en el mismo.
Seguidamente, la Dra. Olga Sanchez -Secretaria- dio lectura al acuerdo de conciliación y los términos a cumplir: el pago de una suma de dinero en un plazo de 72 hs a los damnificados. Además, ambas partes se comprometieron a desistir de las acciones y del derecho en todas las causas civiles que hayan iniciado en contra de los firmantes denunciando cualquier reclamo con motivo del hecho investigado en esta causa, el levantamiento de medidas cautelares, y la solicitud de archivo una vez cumplido.
Finalmente, en virtud de los términos del acuerdo y de la suscripción del mismo, la Dra. Ucello homologó el acuerdo conciliatorio en los términos del art. 59 inc 6to del Código Penal, solicitó que una vez que efectúe el cumplimiento del pago se deberá presentar el comprobante a los fines de resolver sobre la extinción penal y el archivo de la causa.
Prensa Judicial Villa Mercedes