Ya se encuentran habilitadas las 129 mesas de votación en todo el éjido urbano para renovar parcialmente los cargos legislativos del Concejo Deliberante de San Luis.
A partir de las 08:00 hs. inició el Comicio Electoral Municipal con 129 mesas habilitadas para la renovación parcial de cargos legislativos del Honorable Concejo Deliberante de San Luis.
Al respecto la vocal del Tribunal Electoral Municipal (TEM), Dra. Martha Raquel Corvalán, informó que el Acto se está desarrollando con total normalidad.
Por otro lado comunicó que a las 03:00 hs. de hoy, los vocales del Tribunal Electoral Municipal, Dres. Martha Raquel Corvalán y Alejandro Ferrari, y el Secretario del mismo órgano, Dr. Patricio Pastor, hicieron entrega al Correo Privado Andreani, de las urnas y de los materiales electorales a los fines de ser distribuidas en los lugares de votación. Asimismo informó que conforme lo resuelto por el Tribunal Electoral Municipal en Acta de fecha Nº 26, no se han colocado máquinas para capacitación en los lugares de votación.
Cabe recordar que se está implementando el sistema de votos electrónico, tal como ocurrió en los comicios del 2015, y que en esta oportunidad se renuevan 7 concejales titulares y 7 suplentes.
Por otro lado se encuentran presentes en los distintos lugares de votación, veedores de la Secretaría Electoral Nacional, IDEMOE (Instituto de la Democracia y Elecciones), Universidad Católica Argentina, Universidad Nacional de La Plata, Universidad Nacional de Rosario, como así también autoridades de los gobiernos municipales de Chaco y Catamarca, entre otros.
El Superior Tribunal de Justicia rechazó Per Saltum y Recurso de Queja
La medida se tomó en razón de que el TEM rechazó las apelaciones presentadas tanto por el Partido “San Luis Somos Todos” como por el Secretario Legal y Técnico y Apoderada Legal de la Municipalidad de San Luis, por lo que los mismos presentaron ante el Superior Tribunal de Justicia, un recurso de queja y una medida de per saltum respectivamente, que fueron rechazados por el máximo órgano judicial, conforme los siguientes argumentos:
- Que en el caso fáctico de que surgieran dudas o inconvenientes al momento de emitir el voto, tal como lo establece la Ley Electoral, el votante puede evacuar cualquier consulta con el Presidente de Mesa. “La reglamentación electoral prevé claramente, que en el sistema electoral tradicional algún elector tenga dudas acerca de la emisión de su voto, por cualquier circunstancia debe recurrir solamente a la ayuda del Presidente de Mesa y demás autoridades electorales, quienes evacuarán cualquier duda al respecto”.
- Asimismo, continuando en el plano fáctico, “es dable reconocer que la colocación de máquinas capacitadoras en los lugares de votación el mismo día de la elección, constituye un hecho que puede alterar la libre voluntad y derecho de elección de cualquier ciudadano, causando quizás, una violación a derechos constitucionales (derecho a elegir y ser elegido libremente) que sin duda, constituiría un hecho de gravedad institucional realmente importante.-Que colocando las máquinas a cargo de empleados municipales se afecta la libre decisión del voto”.
- Que se rechaza el per saltum por considerar que la ausencia de las máquinas capacitadoras no representan ningún tipo de peligro o daño al normal desarrollo del acto eleccionario, ya que “la cuestión no ha sido planteada con motivo de GRAVEDAD INSTITUCIONAL, sino a modo de queja frente a resoluciones del TEM que causan descontento”.
- En tanto que el Recurso de Queja presentado por el Partido “San Luis Somos Todos” fue denegado porque no se explicitan las razones por las cuales deba intervenir el Superior Tribunal de Justicia, ante las apelaciones rechazadas por el Tribunal Electoral Municipal “Que nada dice el quejoso, en orden a demostrar la procedencia de la apelación ante el Superior Tribunal de Justicia de las decisiones emanadas del Tribunal Electoral Provincial, ni sobre la normativa que lo habilitaría a su interposición; insuficiencia técnica”.
Ambas resoluciones se encuentran suscriptas por los Ministros del Superior Tribunal de Justicia Dres. Lilia Ana Novillo, Carlos Alberto Cobo y Beatriz Agustina Tardieu De Quiroga.
Redacción: V. Besso
Corrección: M.C. Hang