COMENZÓ EL DEBATE ORAL EN UNA CAUSA POR ROBO A UNA FAMILIA DE TILISARAO

Los hechos tuvieron lugar el 11 de febrero de 2009, en inmuebles pertenecientes a una familia de la referida localidad. Los imputados son de la provincia de Córdoba y cumplen prisión preventiva en la Penitenciaría de San Luis.

Portada juicio

Esta mañana, el Tribunal Penal de la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción, dio inicio al juicio oral correspondiente a una causa por robo y privación ilegítima de la libertad, cuyos hechos tuvieron lugar el 11 de febrero de 2009.

Los imputados son dos hombres de la provincia de Córdoba, identificados como Walter Guillermo Montenegro y Rolando Cesar Juin, quienes fueron condenados por la justicia cordobesa por el robo a una concesionaria en la ciudad de Río Tercero, perpetrado el 14 de febrero de 2009.

Los damnificados son un matrimonio de Tilisarao, quienes fueron atacados por separado el mismo día.

LOS HECHOS

El 11 de febrero de 2009, alrededor de las 8 de la mañana, un vecino de Tilisarao se dirigió a su campo ubicado en las cercanías de NaschelAl descender de su camioneta para abrir la tranquera, dos hombres encapuchados se abalanzaron sobre él, lo maniataron y lo subieron nuevamente al rodado, partiendo en dirección a la ruta provincial N°10. 

En el trayecto, los maleantes agredieron y amenazaron a la víctima, a fin de que ésta confesara dónde tenía guardado un dinero que, según le manifestaron, sabían que estaba enterrado en su campo. El hombre negó tal versión y, a fin de que no le hicieran más daño, les indicó que tenía una suma en dólares en un departamento en Río Cuarto. No conformes con ello, continuaron violentándolo hasta que les dijo que también tenía otra cantidad de plata en su casa de Tilisarao.

Obtenida la dirección del inmueble en Río Cuarto, bajaron al hombre en la banquina, quedando custodiado por uno de los atacantes. El otro partió en la camioneta del damnificado con destino a la nombrada ciudad cordobesa, retornando aproximadamente cuatro horas después.

En ese momento, la víctima fue subida al vehículo otra vez y llevada hasta el interior de un campo. Allí la ataron a un árbol, donde permaneció hasta que los delincuentes regresaron por última vez, la desataron, le quitaron los zapatos, y le dijeron que su camioneta se encontraba a unos mil metros de ese lugar.

Cuando los maleantes se retiraron, el hombre regresó inmediatamente a su hogar en Tilisarao, comprobando que los sujetos también habían asaltado su domicilio. Este segundo ilícito tuvo lugar pasadas las 13 horas, cuando los imputados irrumpieron en la vivienda del damnificado, donde se encontraban su esposa y su madre de 93 años. Luego de maniatar a una de ellas y sustraer el dinero que estaba guardado en una habitación, los sujetos encerraron a las dos mujeres, quitando el picaporte de la puerta para que no pudieran escapar, y huyeron del pueblo.

 

LA INVESTIGACIÓN

Del informe médico y de las diligencias realizadas por la instrucción policial, surgió que el damnificado presentaba lesiones que concordaban con su relato de los hechos, encontrándose además diferentes elementos utilizados por los asaltantes para llevar a cabo el descrito accionar delictivo.

Asimismo, efectivos policiales se constituyeron en la Dirección de Investigaciones Criminales de la ciudad de Córdoba, donde les informaron que, a raíz de la declaración voluntaria de una persona, los autores del asalto a la familia en Tilisarao serían los mismos que estaban detenidos en Córdoba por el robo de dinero en una agencia de autos de Río Tercero.

Tanto en la audiencia de recorrido fotográfico, como en la rueda de reconocimiento en sede judicial, una de las damnificadas pudo identificar a los asaltantes.

Se trata de Walter Guillermo Montenegro y Rolando Cesar Juin, quienes fueron indagados y posteriormente procesados por la Jueza de Instrucción de Concarán, Patricia Besso, como presuntos autores del delito de robo en despoblado y en banda, y privación ilegítima de la libertad, en concurso ideal (Artículo 166, Inciso segundo; Artículo 142 BIS, primer párrafo, y artículo 54 del Código Penal Argentino).

 

EL DEBATE

Debido a la situación epidemiológica actual, el debate se desarrolló por videoconferencia, a través de la plataforma Cisco Webex.

En la sala de juicios orales con asiento en Concarán, estuvieron presentes el Presidente Subrogante de la sala penal, Luis Manuel Sosa; el Vocal Sergio Darío De Battista, y el Secretario de Cámara, Daniel Sanchiño. Mientras que la tercera integrante del tribunal penal, Sandra Elizabeth Piguillem, participó de manera remota.

También se encontraban el Fiscal de Cámara, Néstor Mario Zudaire; y los abogados defensores de Rolando César Juín, Flavio Ávila y Gustavo Ávila.

Por su parte, los representantes legales del imputado Walter Guillermo Montenegro –Rodolfo Mercau y Juan Manuel Mercau-, participaron por videoconferencia; al igual que los imputados, quienes se encuentran en el Servicio Penitenciario de la ciudad de San Luis.

 

CUESTIONES PRELIMINARES

Antes de comenzar el debate, el Fiscal de Cámara, Néstor Mario Zudaire, manifestó discrepar con la calificación legal determinada por el Fiscal de primera instancia, solicitando el cambio de calificación a “robo agravado por el uso de armas y privación ilegítima de la libertad”.

También pidió al tribunal que la fijación de la pena fuera en concurso real y no en concurso ideal. Es decir, que en vez de aplicar lo postulado en el artículo 54 del Código Penal Argentino (“Cuando un hecho cayere bajo más de una sanción penal, se aplicará solamente la que fijare pena mayor”), se aplique el concurso real, descrito en el artículo 55 de dicho código: “Cuando concurrieren varios hechos independientes reprimidos con una misma especie de pena, la pena aplicable al reo tendrá como mínimo, el mínimo mayor y como máximo, la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos. Sin embargo, esta suma no podrá exceder de (50) cincuenta años de reclusión o prisión”, incrementando así el monto de la pena prevista.

 

LA PALABRA DE LOS IMPUTADOS

Cedida la palabra a los imputados, ambos manifestaron su voluntad de declarar. El primero en hablar fue Montenegro, y luego le siguió Juin.

Más allá de las versiones de cada uno, los dos acusados declararon su inocencia, aduciendo que ninguno había estado antes en San Luis; que en la fecha del ilícito se encontraban en la provincia de Córdoba, circunstancia que podía comprobarse a partir del registro de llamadas, mensajes y de la ubicación de sus teléfonos el día del robo, esto es, el 11 de febrero de 2009.

 

TESTIMONIALES

En esta primera jornada del juicio, sólo prestó declaración un testigo propuesto por la defensa, quien lo hizo por videoconferencia desde la provincia de Córdoba.

El debate continuará el próximo miércoles 21 de octubre, a partir de las 9 horas.

 

Redacción: A. González Esquivel

Corrección: S. Lucero

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