El maltrato animal está compuesto por conductas que causan dolor, sufrimiento o estrés al animal.
Cada año son numerosas las denuncias que ingresan en sede judicial por maltrato animal, ese delito, está previsto y penado en los arts. 1º y 3º inc. 7mo de la Ley 14.346, complementaria del C. Penal.
La normativa dispone reprimir con prisión de quince días a un año a los que infligieren malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales y la que considera maltratador a quien no alimente en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
En lo que va del año 2019 han ingresado en la Segunda Circunscripción, aproximadamente 20 denuncias de maltrato animal, en las cuales interviene el Juzgado de Instrucción en lo Correccional y Contravencional. En un gran porcentaje estas denuncias son realizadas ante la Oficina de Recepción de Denuncias.
La justicia luego de recibir la denuncia debe realizar una serie de medidas a los fines de verificar si realmente se han vulnerado los derechos del animal, entre ellas: ratificación de la denuncia, constatación del caso, inspección veterinaria, testigos, allanamientos.
Es importante detectar cuándo un animal está siendo maltratado y dónde denunciar, ya que hay una normativa legal que ampara estos delitos.
¿Cuándo un animal está siendo víctima de maltrato?
Cuando no se lo alimenta en cantidad y calidad adecuada, cuando se lo hace trabajar durante muchas horas sin descanso o su estado no es apto para dicha labor, cuando se lo golpea con instrumentos que le causan dolor o al realizar actividades que sobrepasan sus fuerzas.
Asimismo, la ley considera actos de crueldad a:
- La práctica de la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello.
- La mutilación de cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
- La intervención quirúrgica a animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.
- La experimentación con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.
- El abandono a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.
- Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.
- Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad.
- Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.
¿Qué hago si me entero de un caso de maltrato o crueldad contra un animal?
Las denuncias pueden realizarse personalmente en la Oficina de Recepción de Denuncias del Poder Judicial, sita en el ala norte del Edificio “Dr. J Ramiro Podetti”, Lavalle extremo sur de Villa Mercedes, o bien en las Comisarías de la ciudad.
Asimismo, se recuerda que las denuncias por maltrato animal en la ciudad de Villa Mercedes también pueden realizarse al número 147, dispuesto por el Municipio para tal fin. Se comunica que, recepcionadas allí por el personal del municipio, son derivadas al Juzgado Correccional y Contravencional del Poder Judicial, donde deberá ratificarse para dar curso a dicha denuncia en el proceso judicial.
Acceda aquí a la ley: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/150000-154999/153011/norma.htm
Algunos fallos anteriores
En la Segunda Circunscripción:
En noviembre de 2018, la justicia ordenó el procesamiento de Cesar Osmar Lanfranco por conducta delictiva por maltrato animal, luego de que el Dr. Santiago Andrés Ortiz tomara conocimiento del mal estado de seis perros de raza Dogo a través de un video que circulaba por las redes sociales. En esa oportunidad, el magistrado junto a la fiscal de turno se apersonó en el lugar y constataron el estado de desnutrición y maltrato de los canes. También, en esa causa dispuso como medida cautelar, que los cinco canes sobrevivientes fueran alojados preventivamente en el refugio municipal de contención animal, una vez recuperados y con el alta médica otorgada por el veterinario municipal, sean puestos a disposición de distintas familias de la ciudad en calidad de guardadores temporales
En octubre de 2019, se procesó a Diego Vicente Villegas por ser el presunto autor del delito de maltrato animal. El caso fue comunicado por agentes policiales que advirtieron a un hombre que bajó de una camioneta a los tirones a un perro y lo golpeó con un palo gomero en distintas partes del cuerpo, lo que produjo gritos de dolor del animal. El perro, en ese caso, fue rescatado y alojado preventivamente en el refugio municipal de contención animal. Una vez recuperado y con el alta médica otorgada por el veterinario municipal, fue puesto a disposición de una familia en calidad de guardador temporal.
En el país: (los más conocidos)
En Córdoba, en 2015, el Tribunal Superior de Justicia confirmó una sentencia que declaró culpable a un hombre por maltratar a una yegua a la que utilizaba para tirar un carro cargado con arena, pese a que el animal atravesaba el octavo mes de preñez. La pena fue de 20 días de prisión condicional.
En 2014, en Santa Fe fue condenado el acusado de arrastrar a una perra con su moto durante cuatro kilómetros, en la ciudad de Rufino. La pena consistió en que pague el tratamiento veterinario del animal y realice trabajos comunitarios en una protectora de perros durante un año.
Caso Chocolate: La Justicia de San Francisco, provincia de Córdoba, sentenció a un año de prisión condicional al acusado del daño mortal contra el cachorro Chocolate. Entidades protectoras de animales celebraron el fallo. El juez Guillermo Rabino leyó la resolución que condenó a un año de prisión, de ejecución condicional, a Germán Gómez, el peluquero de 37 años imputado por la agresión al cachorro de tres meses que se convirtió en un símbolo de maltrato animal en el país. Debido a que carece de antecedentes, se mantendrá en libertad. Además, impuso que el condenado realice tareas comunitarias durante seis meses en la Municipalidad de San Francisco o en otra institución de bien público.
Redacción: D. Zambrano
Corrección:G.Campana