¿CÓMO SE APLICA LA LEY DE DEFENSA DE CONSUMIDOR EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS?

La Dirección Provincial de Comercio y Defensa del Consumidor es la Autoridad de Aplicación de la Ley Nacional N° 24240. Los reclamos pueden realizarse en forma online.

La Dirección Provincial de Comercio y Defensa del Consumidor en la provincia de San Luis es la Autoridad de Aplicación de la Ley Nacional N° 24240, de Defensa del Consumidor. Tiene como facultades y atribuciones la de dictar normas operativas, de recomendación, supervisar, fiscalizar y controlar el cumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor, como así también informar, difundir y hacer respetar ésta Ley.

Requerir información, investigar, inspeccionar, homologar acuerdos y aplicar las sanciones que establece la Ley 24240 son otras de las actividades a cargo de la Dirección Provincial de Comercio y Defensa del Consumidor de la provincia de San Luis. 

Este organismo interviene en defensa de los consumidores mediante procedimientos de oficio y por denuncias que puede ingresar el consumidor afectado, llevando a cabo los expedientes iniciados conforme lo dispuesto por la Ley Provincial I-0742-2010 Defensa del Consumidor (Procedimiento).

La primera etapa del procedimiento la constituye la fase obligatoria de conciliación. En caso de que no se llegue a un acuerdo entre las partes, la Dirección emite el acto administrativo de imputación de los hechos en relación a la tipificación legal de las normas infringidas a prima facie, del que se corre traslado para que la parte denunciada ejerza su derecho de defensa. Por último, en caso de que se comprobase infracción a la Ley de Defensa del Consumidor, ésta Dirección puede aplicar sanciones conforme lo establecido en la Ley N°: 24240, que pueden ser de apercibimiento, multas desde $100 hasta $5.000.0000, decomisos de mercaderías o clausuras provisorias de establecimientos.

Asimismo la Dirección también está facultada para disponer y condenar por daño directo a favor del consumidor, que es todo aquel daño patrimonial ocasionado de manera inmediata sufrido por el consumidor y debidamente probado, como consecuencia de la acción u omisión del proveedor de bienes o del prestador de servicios.

La Dirección Provincial de Comercio y Defensa del Consumidor está a cargo del Dr. Alberto Montiel Díaz, quien en diálogo con este medio respondió las siguientes consultas.

¿Cómo trabajan en marco de la situación de pandemia por COVID- 19?

En el marco de la pandemia por COVID-19 y en función a las normativas de salud vigentes se está trabajando prioritaria y mayormente con medios electrónicos, habiéndose implementado un formulario online para la recepción de reclamos y distintas vías de comunicación a través de mails y de línea de whatssapp.

 

¿Qué pasos debe seguir un ciudadano que necesite realizar un reclamo ante la Dirección Provincial de Comercio y Defensa del Consumidor de San Luis?

El Ciudadano que necesite iniciar un reclamo lo podrá hacer vía on line a través de un link que la Dirección le informará. Igualmente podrá solicitar asesoramiento a través de nuestros mails o por la línea de whatsapp habilitada para tal fin.

 

Para acceder al formulario de reclamos haga click en el siguiente enlace: http://bit.ly/FormulariodeReclamo

 

 

Fuente: Alberto j. Montiel Díaz – Abogado – Director Provincial de Comercio y Defensa del Consumidor

Redacción: R. Zitta

Corrección:  G. Campana

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