COMUNICADO DE SECRETARÍA ADMINISTRATIVA

Sobre los requerimientos para tramitar las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen por transporte de pasajeros entre las provincias argentinas.

La Secretaría Administrativa del Superior Tribunal de Justicia recuerda los requisitos para tramitar las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen en el transporte de pasajeros entre las provincias argentinas.

Al respecto, se detalla que las certificaciones pueden gestionarse ante:

-Escribanos, cuya firma deberá estar legalizada por el Colegio de Escribanos correspondiente.

-Juez competente, que deberá emitir la pertinente Resolución Judicial, la que deberá acreditarse con testimonio o certificación de la respectiva resolución debidamente legalizada por la autoridad que corresponda a la jurisdicción, o por cualquier otro instrumento público en la que se trascriba la Resolución Judicial y haga plena fe de la misma.

-Autoridad competente del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras autoridades administrativas y judiciales especialmente habilitadas al efecto.

-Jueces de Paz Legos de la provincia.

Asimismo, se informa que cuando estos documentos son suscriptos por autoridades judiciales, para la legalización de su firma deberá adjuntarse al respectivo documento el sellado de pago de tasa de justicia correspondiente.

Este trámite podrá realizarse ante Secretaría Administrativa del Superior Tribunal de Justicia; Secretaría con funciones Administrativas de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 1 de Villa Mercedes, o Secretaría de la Sala Civil, Comercial, Minas y Laboral de la Cámara de Apelaciones de Concarán.

Redacción: M.C. Hang

Corrección: J.N. Sanchez

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