COMUNICADO DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

San Luis, 17 de Julio de 2015

Ante las declaraciones públicas realizadas el día miércoles 15 del corriente en un matutino de esta Ciudad por parte del Secretario General del Sindicato Judiciales Puntano, el Superior Tribunal de Justicia, comunica a los empleados judiciales y a la comunidad toda que las afirmaciones contenidas en esa entrevista, no se ajustan al contenido del acta celebrada el día 02 de julio de 2015 como tampoco a la respuesta del Superior Tribunal de Justicia de fecha 10 de Julio del corriente.

En efecto, del acta referida surge que se acordó, respecto a los puntos planteados, que el SI.JU.PU. realizará una propuesta al S.T.J. sobre la implementación del Rubro “Dedicación Exclusiva”, la que, una vez recepcionada, se elevaría al Poder Ejecutivo para la ampliación de la partida presupuestarias necesarias para poder abonarse. Hasta el día de la fecha no se ha recibido propuesta alguna. Asimismo, con fecha 10/07/2015 circuló un panfleto por el cual se “quitaba la colaboración”, lo que era manifiestamente contrario al cese de toda medida de fuerza comunicada mediante nota de fecha 06/07/2015 por parte del SI.JU.PU..

El Superior Tribunal de Justicia cumplió con su compromiso de “suspender” los acuerdos de descuento de haberes inter durara el diálogo iniciado y prueba de ello es que no se efectivizó en los haberes que se liquidan en el mes de Julio del corriente año.

Se deja en claro que los Acuerdos Nº 298 del 23/06/2015, Nº 304 del 24/06/2015 y Nº 311 del 29/06/2015, que dispusieron descuentos de haberes por días y horas de paro mantienen su vigencia.

También se dejó sin efecto la reforma al régimen de licencias, conforme se había solicitado, lo que fue notificado al SI.JU.PU. con fecha 10/07/2015.

Se reitera que el compromiso del Superior Tribunal de Justicia era de recibir la propuesta y canalizarla al Poder Ejecutivo, lo que no se realizó debido a la no presentación, como se dijera supra, de la propuesta; el seguimiento de dicho trámite estaba a cargo del Sindicato, de acuerdo al acta suscripta oportunamente.

En lo referente a los ascensos de personal se destaca que lo publicado en el Diario de La República del día 15 del corriente mes y año no coincide con lo peticionado por el SI.JU.PU. en su nota del 30/06, en el sentido de que una vez aprobados los concursos los agentes debían ser “ascendidos inmediatamente”. Es imposible disponer ascensos si no existen vacantes que cubrir.

Los demás puntos fueron respondidos en la nota de fecha 10/07/2015, respuesta ésta que no denota mala fé ni nada por el estilo, ya que se realizó de acuerdo al trabajo y compromisos administrativos y judiciales que tiene el Superior Tribunal de Justicia.

También debe hacerse saber que las medidas de fuerza no conducen a mantener el diálogo ni tampoco a resolver planteos que requieren respuesta de otro Poder del Estado Provincial y la medida de paro total que realizara el Sindicato el día 30/06/2015 arrojó los siguientes porcentajes de ausentismo, (incluye licencias por enfermedad, razones particulares, etc.)

1ra. Circunscripción Judicial: 38,41%

2da. Circunscripción Judicial: 39,83%

3ra. Circunscripción Judicial: 40,00%

El presente comunicado publíquese en la página web del Poder Judicial y comuníquese a los distintos medios de difusión.-

 

Compartir

Anterior

EL DR. FLORENCIO RUBIO PRESENTÓ SU RENUNCIA

Siguiente

RECOMENDACIONES PARA EL USO DEL SISTEMA IURIX