CONDENARON A UN HOMBRE A SEIS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN POR ABUSO SEXUAL

La Cámara Penal Nº 1 de la Segunda Circunscripción dio la pena de 6 años y 6 meses de prisión a Lucero Rodrigo Ezequiel.

El juicio oral que comenzó el pasado 18 de septiembre en la causa “LUCERO RODRIGO EZEQUIEL – ABUSO SEXUAL SIMPLE”, culminó hoy con la lectura del veredicto en donde se condenó al joven de 29 años a 6 años y 6 meses de prisión por cometer abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa y por abuso sexual simple en perjuicio de dos menores.

El debate se desarrolló en la Sala de Juicios Orales Nº 1 del edificio judicial mercedino.

El hecho fue denunciado en octubre de 2016 y el imputado es acusado de dirigir a una de las víctimas a un sitio baldío con el objetivo de abusar de ella. Respecto de la otra menor, se lo acusa de producirle un tocamiento cuando la niña jugaba con una amiga en el palier de una vivienda familiar, en el barrio 960 viviendas de Villa Mercedes.

Como representante del Ministerio Público Fiscal, actuó el Dr. Néstor Lucero; como Defensora de Menores, la Dra. Victoria Cortázar Furnari y como defensor del imputado, el Defensor de Cámara, Dr. Víctor Endeiza

El tribunal conformado por la Dra. Virna Milena Eguinoa – Presidente-, Dra. Susana Bravo y Dr. Eduardo Sebastián Cadelago Filippi -Vocales- emitió el veredicto que a continuación se transcribe:

Villa Mercedes (San Luis), veintisiete de Septiembre de dos mil dieciocho.

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del acuerdo que antecede y lo dispuesto por los arts. 356 y siguientes del Cód. de Procedimientos Criminales, SE RESUELVE: 1.- Declarar a LUCERO RODRIGO EZEQUIEL, de datos obrantes en autos, como AUTOR penalmente responsable del delito de  ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL EN GRADO DE TENTATIVA (Art. 119 , 3° párrafo y 42 del C.Penal ) en perjuicio de L. L. y ABUSO SEXUAL SIMPLE ( Art. 119 1º párrafo del C. Penal), en perjuicio de V. A. P. P. EN CONCURSO REAL ( Art.55 del C.Penal), y condenarlo a sufrir la pena de  SEIS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, accesorias legales y costas procesales.

FDO. DRES. VIRNA M. EGUINOA- SUSANA E. BRAVO- SEBASTIAN CADELAGO FILIPPI – ANTE MI: DR. GUILLERMO LUONI.-

Redacción: D. Zambrano

Corrección: R. Zitta

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