CONDENARON A UN HOMBRE POR COMETER LESIONES Y ABUSO CONTRA SU PAREJA

El tribunal encontró responsable a Matías Fernando Rodríguez de los delitos de lesiones leves calificadas por haber mantenido con la víctima una relación de pareja y abuso sexual  con acceso carnal. 

La Cámara Penal 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, conformada por las Dras.  María Silvia del Castillo de Insúa y Daniela Estrada y por el Dr. Aníbal Astudillo y el secretario de Cámara, Dr. José Domínguez Molto,  juzgó a un hombre por los delitos de lesiones leves calificadas por haber mantenido con la víctima una relación de pareja, abuso sexual con acceso carnal  y lo condenó a sufrir la pena de siete años y dos meses de prisión. 

El hecho habría ocurrido en julio de 2019 y tiene como víctima a una mujer que al momento de los sucesos era pareja del acusado. En esa oportunidad, el imputado habría golpeado, abusado y encerrado a la que en ese entonces era su pareja.

Hoy después del mediodía, el tribunal dio lectura al veredicto, con el que se declaró a Matías Fernando Rodríguez autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por haber mantenido con la víctima una relación de pareja y abuso sexual  con acceso carnal, ambas en concurso ideal, mientras que fue absuelto por el beneficio de la duda del delito de privación ilegítima de la libertad. Rodríguez fue condenado a una pena de 7 años y dos meses de prisión. 

A continuación se transcribe la parte resolutoria del veredicto:

“Villa Mercedes (San Luis), nueve de Diciembre del dos mil veintiuno. Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del Acuerdo que antecede y lo dispuesto por el art. 355 y siguientes del Código de Procedimientos Penal, SE RESUELVE:. 1.-) DECLARAR a RODRIGUEZ MATIAS FERNANDO de datos personales obrantes en autos como autor penalmente responsable de los delitos de LESIONES LEVES CALIFICADAS POR HABER MANTENIDO CON LA VÍCTIMA UNA RELACIÓN DE PAREJA y ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL en concurso ideal previstos y penados por los Arts. 89º y 92º por remisión del Art. 80º inc. 1, Art.119, 1º y 3º párrafo, Art. 54º y 45º, del Código Penal en perjuicio de (…) y condenarlo a sufrir la pena de SIETE AÑOS Y DOS MESES de prisión, accesorias legales y costas procesales. 2) ABSOLVER por el beneficio de la duda a MATIAS FERNANDO RODRIGUEZ del delito de PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD CALIFICADA POR SER LA VÍCTIMA UNA PERSONA A LA QUE SE LE DEBE RESPETO PARTICULAR, previsto y penado por el Art 142º inc. 2, del C.P. 3) Comuníquese a la víctima (…) en los términos de la ley 27.372. 4) Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, practíquese cómputo de pena por Secretaría y remítanse las actuaciones pertinentes al Juzgado de Sentencia para que asuma la correspondiente ejecución de pena. Protocolícese, hágase saber y cúmplase.- FDO. DRES. MARIA SILVIA DEL CASTILLO DE INSÚA, ANÍBAL ATILIO ASTUDILLO – DANIELA ESTRADA –– CAMARISTAS, ANTE MI DR. JOSE ANTONIO DOMINGUEZ MOLTÓ SECRETARIO”

Para conocer más sobre este caso ingrese a: https://www.periodicojudicial.gov.ar/comenzo-un-juicio-por-los-delitos-de-lesiones-abuso-y-privacion-de-la-libertad/

 

Prensa Judicial Villa Mercedes

Compartir

Anterior

CHARLA SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO PARA PERSONAL DE MAESTRANZA Y MANTENIMIENTO

Siguiente

ESTAFAS VIRTUALES: RIESGOS DE VENDER O COMPRAR POR INTERNET