CONDENARON A UN JOVEN INVOLUCRADO EN EL ROBO A UN LOCAL BAILABLE DE CONCARÁN

Nota aclarativa: en virtud de que la persona condenada recibió el beneficio de la prisión en suspenso, que implicó el reconocimiento de su autoría en el hecho, mostrar arrepentimiento por su accionar delictivo y comprometerse a cumplir determinadas normas de conducta; no se consignan sus datos identificatorios a fin de no entorpecer su proceso de resocialización. Esto es: ejercer una profesión u oficio, finalizar sus estudios, realizar tareas comunitarias y/o toda otra pauta impuesta por la autoridad judicial competente para el mantenimiento de la libertad condicional.

El tribunal de juicio de la Tercera Circunscripción Judicial, condenó este jueves a A.M.R. por el robo a un local bailable de Concarán.

El hecho delictivo se perpetró en diciembre de 2019 cuando, el joven de 24 años junto a otro individuo, ingresaron al salón forzando una ventana que se encontraba a gran altura y sustrajeron numerosos aparatos electrónicos de valor.

Los autores fueron identificados y, gracias a dos operativos realizados en la localidad de Tilisarao, se logró recuperar la totalidad de los elementos denunciados.

El otro imputado, cuyas iniciales son G.M.D.F., obtuvo el beneficio de suspensión de juicio a prueba por resolución del Juzgado de Sentencia de la Tercera Circunscripción.

Mientras que la situación procesal de A.M.R. se resolvió este 5 de octubre mediante procedimiento de juicio abreviado.

En el acuerdo celebrado por la Fiscalía, el acusado y su abogado defensor, Orlando Villegas; A.M.R. reconoció ser coautor del robo al local bailable, aceptando la imposición de una pena de 3 años de prisión en suspenso.

El Fiscal de Juicio, Mario Néstor Zudaire, consideró como circunstancias atenuantes la ausencia de antecedentes penales del acusado y el hecho de que todos los elementos sustraídos fueron recuperados. Y, como agravantes, la forma de comisión del delito y la extensión del daño causado.

Tanto la defensa como su representado ratificaron el acuerdo.

Contando con la conformidad de todas las partes, el tribunal integrado por Gustavo Daniel Sanchiño, María Claudia Uccello y Sandra Elizabeth Piguillem, resolvió homologar el referido acuerdo y dictar, en consecuencia, el siguiente veredicto: declarar a A.M.R. culpable, como autor material y penalmente responsable del delito de robo por escalamiento, condenándolo a la pena de tres años de prisión en suspenso, accesorias legales y costas procesales.

Finalmente, se le aclaró al ahora condenado que, el beneficio de la prisión en suspenso queda condicionado al cumplimiento de pautas de conducta y al compromiso de no incurrir en nuevos delitos. Caso contrario, se le revocará el beneficio y deberá cumplir la pena de manera efectiva.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

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